Desde AVACU queremos recordar que, al igual que ya ocurrió con los paros
convocados el pasado mes por la compañía, los pasajeros afectados tienen derecho a
recibir las correspondientes indemnizaciones previstas en el Reglamento nº 261/2004
del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de febrero por el que se establecen
normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de
denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, por lo que les
animamos a presentar las reclamaciones pertinentes ante la compañía. Así, los
pasajeros afectados por la cancelación de los vuelos tienen derecho a:
- recibir información con las condiciones de asistencia y compensación
- recibir asistencia (alimentación, bebida...) y, en caso de que fuera necesaria la
pernoctación, alojamiento y transporte
- solicitar el reembolso o transporte alternativo, pudiendo elegir entre: devolución del
importe del billete adquirido en 7 días, transporte al destino final a la mayor brevedad
posible o transporte al destino final en una fecha distinta y que convenga al pasajero
- solicitar una indemnización, cuyos importes dependerán del kilometraje del vuelo
contratado y siempre y cuando concurra alguno de estos requisitos: se haya informado
de la cancelación a los usuarios al menos con dos semanas de antelación a la hora
prevista de salida del vuelo; se haya informado de la cancelación a los usuarios al
menos con un periodo de tiempo de entre dos semanas y siete días y se les ha ofrecido
transporte alternativo que les permita salir con no más de dos horas de antelación con
respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de cuatro
horas de retraso con respecto a la hora de llegada previsto o se haya informado de la
cancelación a los usuarios con un plazo menor de 7 días de antelación y se les ofrezca
un vuelo alternativo que les permita salir con no más de una hora de antelación de la
hora prevista inicialmente y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso
con respecto a la hora de llegada prevista.
¿Cómo reclamar?
El primer paso para poner una reclamación es ponerlo en conocimiento de la propia
compañía. Es aconsejable hacerlo a través de una hoja de reclamaciones u otro medio
escrito fehaciente, ya sea a través de la propia compañía, en las oficinas de la
autoridad aeroportuaria (AENA, en España) o a través de un organismo de consumo. A
la reclamación deberán adjuntarse copia de los documentos pertinentes (billetes,
número de localizador, tiques, facturas, etc.).
Si no se recibe respuesta satisfactoria a esta reclamación, el consumidor podrá
reclamar ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). En caso de que ninguna
de las anteriores vías sea satisfactoria, el consumidor podrá acudir a la vía judicial.
Desde AVACU nos ponemos a disposición de los posibles afectados para asesorarles
ante cualquier duda o problema. Pueden ponerse en contacto con nosotros a través
del teléfono 96 352 68 65 o mediante el correo electrónico avacu@avacu.es.
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