La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte ha
publicado la orden por la que se regula el procedimiento de autorización
de un Plan Específico de Organización de la Jornada Escolar en los
centros sostenidos con fondos públicos de segundo ciclo de Educación
Infantil, Educación Primaria y Educación Especial valencianos. Se trata
de la primera normativa que establece un procedimiento público y
transparente para que los centros, en el ejercicio de su autonomía,
puedan solicitar cambiar su horario en igualdad de oportunidades.
La
orden establece que las modificaciones de la jornada escolar tendrán un
carácter extraordinario y deberán ir acompañadas de un plan específico
de organización de la jornada escolar que incluya actividades
extraescolares gratuitas para garantizar la apertura de las
instalaciones hasta las 17.00 horas, así como la planificación de los
servicios complementarios de comedor y transporte que deben quedar
garantizados.
El procedimiento está diseñado teniendo en
cuenta criterios pedagógicos, de manera que los cambios en el horario
garanticen también la calidad educativa. En cuanto al calendario, la
consulta a las familias se realizará el 15 de septiembre en todos los
centros y las modificaciones en la jornada escolar se podrán aplicar en
el mes de octubre, tan pronto como empiece la jornada habitual en los
centros.
Calendario para modificar la jornada escolar
El
consejo escolar del centro en el caso de los centros públicos o el
titular del centro en el caso de los privados-concertados realizarán una
solicitud de modificación de la jornada escolar, la cual ya contendrá
una propuesta. Esta solicitud se trasladará en el ayuntamiento de la
localidad que, previa consulta al consejo escolar municipal, emitirá un
informe. El informe, sin ser preceptivo, será tenido en cuenta en el
procedimiento.
Posteriormente, el centro redactará el plan
específico de organización de la jornada escolar y se someterá a
votación en el seno del claustro del centro. Para aprobarlo serán
necesarios, por lo menos dos tercios de votos favorables de todos sus
integrantes. El mismo porcentaje que necesitará posteriormente, cuando
sea sometido a votación en el consejo escolar de centro. Esta primera
parte del procedimiento debe quedar terminada a lo largo del mes de
junio.
Una vez aprobado el Plan Específico de Organización
de la Jornada Escolar, la dirección o titular del centro educativo
enviará a la dirección territorial de Educación, Investigación, Cultura y
Deporte, la documentación pertinente antes del 1 de julio. La dirección
territorial, mediante la Inspección, realizará un informe y lo enviará,
junto al resto de documentación, a la dirección general de Política
Educativa, que emitirá en los centros educativos un informe que, en caso
de que sea favorable, los autorizará a iniciar el proceso de consulta a
las familias. Este informe lo recibirán los centros antes del 15 de
julio y podrán preparar la consulta a las familias, que se celebrará al
volver de vacaciones.
Al volver de vacaciones, los centros
podrán publicar el censo provisional hasta el 8 de septiembre y
proceder a informar a las familias sobre la celebración de la consulta.
De manera extraordinaria, en aquellas poblaciones en que el día 8 sea
festivo, el plazo se desplaza hasta el siguiente día de clase lectivo.
La publicación del censo definitivo se producirá 48 horas después de la
publicación del censo provisional.
Finalmente, la consulta
se celebrará en todos los centros el día 15 de septiembre. Al día
siguiente se remitirán los resultados del escrutinio de la consulta a
las familias a la dirección general de Política Educativa.
Una
vez enviados los resultados del escrutinio a la conselleria, el
director general de Política Educativa dictará, entre el 19 y el 23 de
septiembre, la autorización definitiva para que cada uno del centros
educativos aplique el Plan Específico de Organización de la Jornada
Escolar que ha presentado. Las modificaciones se podrán aplicar a partir
de octubre, coincidiendo con el cambio al horario habitual de todo el
curso.
La autorización definitiva se extenderá por
períodos de tres cursos académicos renovables, siempre que los
resultados se ajusten a las mejoras previstas en el plan. La evaluación
se realizará en función de la incidencia del nuevo horario sobre el
proceso de enseñanza-aprendizaje y los resultados obtenidos por el
alumnado.
Comparte la noticia
Categorías de la noticia