Celebración del sorteo para jurados populares. EPDA El
78% de los juicios celebrados mediante el procedimiento del jurado en
la Audiencia Provincial de Valencia durante el pasado año judicial acabó
con un veredicto de culpabilidad.
En total, la Audiencia celebró 26 juicios mediante este procedimiento
en el último año.
Los
asuntos resueltos mayoritariamente mediante este procedimientos son los
relacionados con los delitos de homicidio, allanamiento de morada,
asesinato y amenazas.
Son
datos hechos públicos hoy por el presidente de la Audiencia Provincial
de Valencia, Fernando de Rosa, quien ha presidido el sorteo bianual para
elegir a los 3.000 integrantes
de la bolsa de candidatos a jurado para los juicios que se celebren en
los dos próximos años en la Audiencia Provincial. Al acto han asistido
también el delegado provincial del Instituto Nacional de Estadística,
Javier Muñoz, y la letrada de la Administración
de Justicia de la Oficina del Jurado, Gloria Herráez.
De Rosa ha hecho hincapié en el dato de que los casos por asesinato han pasado del 5% al 13%;
los procedimientos por homicidio han pasado a representar el 32% del total en 2016 mientras que en 2015 suponían el 14%.
En
el caso de Valencia han sido elegidos 3.000 ciudadanos y ciudadanas
seleccionados por muestreo aleatorio del total del censo de la provincia
de Valencia de mayores de 18 años,
que asciende a 1.892.603 personas, según datos facilitados por la
Delegación Provincial de la Oficina del Censo.
Una
vez celebrado el sorteo, se enviará comunicación a los elegidos para
que tengan conocimiento de su inclusión en la lista de jurados, y puedan
alegar en caso de que les afecte
alguna de las situaciones de incompatibilidad que recoge el artículo 8
de la Ley del Jurado.
A
partir de aquí, será el Decano de los jueces de Valencia quien resuelva
las reclamaciones que se presenten. Posteriormente, dará cuenta a la
Oficina del Censo, que depurará
la lista. Una vez comunicada la lista definitiva a la presidencia de la
Audiencia, a la presidencia del Tribunal Superior de Justicia y a la
sala de Lo Penal del Tribunal Supremo, los ciudadanos y ciudadanas
incluidos en la misma podrán ser convocados para
formar parte de cualquier juicio con tribunal popular que se celebre en
los años 2017-2018.
Este
procedimiento de sorteo para la elaboración de listas de forma
aleatoria se realiza siguiendo el artículo 13 de la Ley del Jurado. El
sorteo se efectúa con un ordenador,
utilizando una combinación matemática que garantiza la aleatoriedad. El
programa de ordenador facilita la lista a través de combinaciones
numéricas. No se visualizan nombres ni ningún otro dato que permita la
identificación de los ciudadanos y ciudadanas elegidos.
La
Ley que regula este procedimiento dispone que la función de jurado
tiene la consideración de cumplimiento de un deber inexcusable de
carácter público y personal, a los efectos
del ordenamiento laboral y funcionarial. Los candidatos pueden alegar
causas de incompatibilidades, prohibición o excusa para no formar parte
del jurado. Si finalmente el candidato formara parte del jurado, la Ley
contempla una retribución diaria de 67 euros.
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