El concejal de Hacienda de Sagunt, Pepe Gi. EPDA El pleno del
Ayuntamiento de Sagunt ha aprobado reducir el tipo de gravamen
aplicado al valor catastral de tres tipos de bienes inmuebles. Para
calcular el importe de los recibos del IBI (Impuesto sobre Bienes
Inmuebles), a los inmuebles de naturaleza urbana se les aplicará un
tipo de gravamen del 0,462% sobre su valor catastral, mientras que el
tipo actual está en el 0,50%. Además, el tipo aplicado a inmuebles
de uso industrial o comercial cuyo valor catastral exceda el millón
de euros será del 0,565% en ambos casos, mientras que el tipo actual
está en el 0,60%.
El resto de tipos
de gravamen, los aplicados al valor catastral de bienes inmuebles de
naturaleza rústica y los de características especiales, se
mantendrán en el 0,72% y 1,3% respectivamente. Esta modificación de
la ordenanza fiscal entrará en vigor el día que se publique en el
Boletín Oficial de la Provincia y empezará a aplicarse el 1 de
enero de 2018.
La propuesta,
presentada por el concejal de Hacienda, Pepe Gil, ha sido aprobada
provisionalmente con el voto a favor de todos los grupos del Equipo
de Gobierno (Compromís, Esquerra Unida, ADN Morvedre y PSPV-PSOE);
el voto a favor del representante del grupo de no adscritos, José
Vicente Muñoz, y el voto en contra de todos los grupos de la
Oposición (Partido Popular, Iniciativa Porteña y Ciudadanos).
El IBI (Impuesto
sobre Bienes Inmuebles) se calcula a partir de dos datos: el valor
catastral del inmueble, que depende del Ministerio de
Hacienda, y el tipo de
gravamen aplicado a ese valor catastral, que depende
de los ayuntamientos. Para determinar el valor catastral, el
Ministerio de Hacienda tiene en cuenta los siguientes criterios:
La localización
del inmueble, las circunstancias urbanísticas que afecten al suelo y
su aptitud para la producción; el coste de ejecución material de
las construcciones, los beneficios de la contrata, honorarios
profesionales y tributos que gravan la construcción, el uso, la
calidad y la antigüedad edificatoria, así como el carácter
histórico-artístico u otras condiciones de las edificaciones; los
gastos de producción y beneficios de la actividad empresarial de
promoción, o los factores que correspondan en los supuestos de
inexistencia de la citada promoción; las circunstancias y valores
del mercado y cualquier otro factor relevante que reglamentariamente
se determine.
El Gobierno
Central ha negado al Ayuntamiento de Sagunt la petición de revisar
el valor catastral de los inmuebles del municipio el pasado 1 de
octubre.
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