El
pleno del Consell ha aprobado el nuevo decreto por el que se establece
el procedimiento para reconocer el grado de dependencia a las personas y
el acceso al sistema público de servicios y prestaciones económicas.
Este decreto permitirá ampliar la red pública de valoraciones y
favorecer la promoción de la autonomÃa personal, con medidas como la
que permite la compatibilidad entre servicios.
El decreto aprobado por el Consell, es pionero en España y
unifica la normativa autonómica que existÃa sobre dependencia, regulando
la red pública de valoraciones que, además de los servicios generales
municipales, incluye otros puntos, como las residencias públicas, los
hospitales de media y larga estancia, las unidades de salud mental y las
prisiones.
Tal y como recoge el decreto, las valoraciones podrá
realizarlas el personal con titulación social o sanitaria que cuente con
la acreditación necesaria para hacerlo, lo que va a permitir pasar de
17 a más de 400 profesionales sólo en el ámbito de los servicios
municipales.
Otra de las novedades que incluye el decreto es la regulación
del régimen de incompatibilidades entre servicios, de manera que las
personas en situación de dependencia podrán pedir un máximo de dos.
Con esta compatibilidad de servicios los niños, por ejemplo,
que tengan asignada una prestación de cuidador o cuidadora en el ámbito
familiar, también podrán solicitar tener acceso a prestaciones para
cubrir las terapias de estimulación o desarrollo cognitivo.
Respecto a los plazos, el decreto incluye procedimientos
independientes para las resoluciones de grado y del Programa Individual
de Atención (PIA), que hasta ahora se dictaminaban en una misma
resolución, lo que provocaba retrasos en los plazos para resolver
expedientes, ya que hasta que no estuviera aprobada y notificada la
propuesta del PIA no se podÃa continuar con el proceso.
El decreto contempla también que, en los casos en los que las
preferencias expuestas por la persona interesada coincidan con el
informe social de entorno, se emitirá automáticamente la resolución
aprobando el PIA, lo que agilizará considerablemente los procedimientos,
que podrán reducirse en un periodo de entre 1 y 2 meses.
Asimismo, el decreto regula por primera vez el procedimiento de
revisión del grado de dependencia y los traslados entre comunidades
autónomas, que hasta ahora no se habÃan contemplado en ninguna
normativa.
Mejora de servicios
Como novedades en la oferta
de servicios y prestaciones, se contempla la prestación vinculada de
garantÃa, que se ofrecerá en los casos en los que no se disponga de
plaza pública adecuada al grado de dependencia del solicitante o la
solicitante en un radio de 20 kilómetros de su domicilio. En sustitución
de la plaza pública, se ofrecerá la posibilidad de percibir una
prestación económica vinculada al servicio residencial.
Además, se incluye la atención residencial como servicio para
las personas con diversidad funcional con grado I reconocido, que hasta
ahora estaba excluido del catálogo de servicios para la dependencia
moderada.
La prestación económica de asistencia personal incluye una
modificación en el nuevo decreto, puesto que se amplÃa su solicitud
también para aquellas personas que no estudien o trabajen, requisito que
hasta ahora era necesario.
Cuidados en el entorno familiar
Respecto a la prestación económica para cuidados en el entorno
familiar, el decreto recoge algunas modificaciones. La persona cuidadora
de proximidad podrá ser familiar hasta cuarto grado del solicitante o
persona cercana. En este último caso deberá constar el informe social
que lo acredite.
Desaparece la incompatibilidad de trabajar para poder ser
cuidador o cuidadora, siempre y cuando no se atienda a más de dos
personas en situación de dependencia.
Asimismo, se regula la figura de persona cuidadora no familiar, que deberá tener un contrato laboral.
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