La
Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la
Comunidad Valenciana (TSJCV) ha archivado la causa abierta al
exconcejal del Ayuntamiento de Valencia y diputado autonómico del
Partido Popular Miguel Domínguez por un presunto delito de blanqueo
de capitales que se investiga en el “caso Imelsa”.
La
magistrada instructora estima así la petición del parlamentario
regional, investigado por la entrega de 1.000 euros al Grupo
Municipal del PP para la campaña de las elecciones de 2015, y
acuerda el sobreseimiento provisional de las diligencias “ante la
insuficiencia de los indicios para acreditar la participación” de
Domínguez en los hechos investigados, es decir en un operativo
diseñado para blanquear dinero mediante la entrega de los 1.000
euros y su devolución en dos billetes de 500 de supuesta procedencia
ilícita.
En
un auto notificado hoy a las partes, la magistrada recuerda que la
Sala sólo se declaró competente para investigar al exconcejal y
diputado por los hechos relatados en la exposición razonada elevada
por el juez instructor del Caso Imelsa, el titular de Instrucción
18, por el delito de blanqueo de capitales y no por delito electoral.
La
decisión del TSJ llega después de que la instructora haya
practicado todas las declaraciones solicitadas por el fiscal. Tras
interrogar al investigado (imputado) y a siete testigos a petición
del Ministerio Público, la jueza otorgó un plazo a las partes para
que indicaran el nuevo paso que había que dar en la investigación.
La defensa de Domínguez solicitó el sobreseimiento; el fiscal no
presentó ningún escrito.
Tras
valorar las declaraciones y la documentación remitida por
Instrucción 18, que según recoge la resolución, no guarda relación
con Domínguez ni con los hechos por los que se le investiga, la
magistrada concluye que procede el sobreseimiento provisional porque
“de lo actuado hasta la fecha no resulta una imputación de delito
con suficiente respaldo probatorio” como para concluir la
instrucción, procesarle y dejar la causa preparada para juicio.
Sobreseimiento
provisional y reapertura
El
TSJCV opta por el sobreseimiento provisional (cabe la reapertura) y
no por el sobreseimiento libre (archivo definitivo) porque considera
que los hechos descritos en la exposición razonada elevada por el
instructor del “caso Imelsa” tienen
apariencia delictiva y no existe certeza de la inexistencia del hecho
investigado.
Al
tratarse de un sobreseimiento provisional, la causa podría reabrirse
si apareciesen nuevos elementos que desvirtuasen las razones en las
que se basa el archivo, indicios que “con consistencia o solidez,
sirvan de base para determinar la implicación penalmente relevante
del aforado en los hechos descritos como constitutivos de delito de
blanqueo”.
Para
ello, el juez instructor, señala el TSJCV, deberá agotar la
investigación hasta hallar no sólo indicios de delito, sino de la
participación del aforado en el mismo. A este respecto el auto
recoge que “se podrá remitir nueva exposición razonada a la Sala,
remisión que se efectuará si, agotada la instrucción, constan
indicios sólidos contra la persona aforada surgidos de esos nuevos
datos que, adquiridos con posterioridad, así lo aconsejen o lo hagan
preciso. Para ello, lógicamente, habrán debido practicarse todas
las diligencias de investigación necesarias en orden a permitir una
más fundada decisión, no ya sobre la racionalidad de los indicios
de existencia de infracción penal, sino de los que pueda haber de
participación en ella del aforado”.
El
pasado mes de octubre la Sala lo Civil y Penal se declaró competente
para investigar al parlamentario regional por los hechos descritos
por el juez del “Caso Imelsa”, el titular de Instrucción 18, en
la exposición razonada elevada al Alto Tribunal Valenciano.
En
la misma, el magistrado relacionaba los indicios existentes contra
Domínguez en la pieza separada en la que se investiga un presunto
delito de blanqueo de capitales en el Grupo Popular del Ayuntamiento
de Valencia cometido mediante las
donaciones de 1.000 euros efectuadas por concejales y asesores,
cantidad que presuntamente les era devuelta por el partido en dos
billetes de 500 euros para blanquear dinero en efectivo de supuesta
procedencia ilícita.
Aquella
decisión del TSJCV se produjo después de que el Tribunal Supremo
asumiera la competencia para investigar a la exalcaldesa y senadora
Rita Barberá por los mismos hechos. El fallecimiento de Barberá
tras su declaración en el TS derivó en el archivo de la causa por
extinción de la responsabilidad penal.
El
TSJCV se declaró entonces competente para investigar al exconcejal y
diputado sólo por los hechos relatados en la exposición razonada,
es decir, por el delito de blanqueo de capitales, pese a que el
instructor del Caso Imelsa, con posterioridad a la remisión al TSJ
de la parte de la causa que afectada a Domínguez, envió al Alto
Tribunal el auto por el que amplió a delito electoral los hechos
investigados en esa pieza separada.
Los
indicios contra Domínguez
La
causa contra Domínguez tiene su origen en la exposición razonada
que el juez del Caso Imelsa elevó al TSJ el pasado mes de mayo. El
titular de Instrucción 18 de Valencia entendió que habiendo
reconocido el
exconcejal que
realizó el donativo de 1.000 euros por el que están imputados y han
sido interrogados todos los concejales, exconcejales, asesores y
exasesores que también efectuaron el pago en
vísperas de las elecciones de 2015, sería “incoherente” no
elevar exposición al TSJCV,
por ser el único tribunal competente
para investigar y, en su caso, juzgar al parlamentario autonómico.
El
argumento expuesto por
el instructor era
idéntico al que utilizó
para
elevar al Tribunal Supremo la parte de la investigación que afecta a
la ex alcaldesa.
En
esta pieza separada se investigaban entonces las donaciones de 1.000
euros efectuadas por concejales y asesores, cantidad que
presuntamente les era devuelta por el partido en dos billetes de 500
euros para blanquear dinero en efectivo de supuesta procedencia
ilícita. Posteriormente la investigación se amplió a delito
electoral.
La
investigación por delito electoral y blanqueo de capitales en el
Ayuntamiento de Valencia es una pieza separada del “Caso Imelsa”,
en el que se investiga el amaño de contratos a cambio de comisiones
ilegales en varias administraciones de la Comunidad Valenciana:
Diputación (a través de la empresa Imelsa); Ayuntamiento (a través
de la Concejalía de Cultura) y Generalitat (a través de la empresa
Ciegsa). La causa, que nació en abril de 2015, está abierta por
malversación, fraude en la contratación pública, cohecho, tráfico
de influencias, delito electoral y blanqueo.
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