La Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal
Supremo ha condenado a la Administración de la Comunidad autónoma
valenciana a abonar 14,6 millones de euros a UTE Dragados S.A., Rover
Alcisa, S.A. y Unión Temporal de Empresas, Ley 18/1982, en concepto
de daños y perjuicios por sobrecostes en el contrato "Obras de
construcción del Acceso Norte a Alicante Avenida de Denia", ya
que se derivaron de causas imputables a la Administración demandada.
El Supremo ha estimado el recurso de las empresas y ha revocado la
sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad
valenciana que, el 20 de mayo de 2015, desestimó sus pretensiones.
La contratación de las obras a las citadas sociedades se le
adjudicó el día 8 de junio de 2006, siendo fijado el precio final
por resolución de 23 de junio del mismo año por la suma de
33.882.380,30 -incluido IVA-.
La reclamación de 14,6 millones de euros por daños y perjuicios
se debía a las ampliaciones de plazo y los modificados
contractuales, que el Supremo comparte con las empresas que "tienen
como motivo directo y determinante el comportamiento de la
administración pues desde el primer momento, como consta en el acta
de replanteo de 10 de noviembre de 2006, incumplió con sus
obligaciones contractuales con especial incidencia en la ejecución
de las obras por el contratista ya que era imposible el inicio de las
obras por la falta de disponibilidad de los terrenos y por la
discrepancia entre planos y presupuesto en unidades de obra".
"Esta misma conclusión –añade el Supremo-- se extrae del
informe de 22 de abril de 2010 de la Jefa de Servicio de Contratación
y Expropiaciones de la Consellería de Infraestructuras y
Transportes, a solicitud de la demandante, sobre las causas del
modificado nº 2 del Proyecto que han venido motivadas por cambio de
desvío de tráfico impuesto por el Ayuntamiento de Alicante, por la
inclusión de una gran fuente ornamental y la ejecución de
reposiciones de vallados y cerramientos no incluidos en el proyecto
principal".
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