Vía libre a que el arzobispo de Valencia, Antonio Cañizares, pueda seguir cargando contra homosexuales, refugiados y feministas. El juzgado de Instrucción
18 de Valencia ha inadmitido la denuncia interpuesta el pasado 6 de
junio por Red Española de Inmigración contra el Arzobispo de Valencia,
Antonio Cañizares por
sus manifestaciones sobre los inmigrantes y refugiados, los
homosexuales y el feminismo radical por entender que sus palabras no
incitan al odio, la discriminación o la violencia contra los colectivos
aludidos.
El magistrado, basándose en la
jurisprudencia del Tribunal Supremo, del Constitucional y del Tribunal
Europeo de Derechos Humanos, entiende que las declaraciones de Cañizares
están amparadas por la libertad de expresión. A este
respecto apunta que
“la
tolerancia con todo tipo de ideas, que viene impuesta por la libertad
ideológica y de expresión, no significa condescendencia, aceptación o
comprensión, sino solamente que las ideas, como tales, no deben ser
perseguidas penalmente”.
En la resolución se explica que cuando
los hechos no revisten apariencia delictiva “debe procederse al archivo
sin más (…) sin que, en consecuencia, se haya iniciado ningún tipo de
investigación” con la finalidad de “evitar
someter a una persona a un procedimiento penal sobre la base de
denuncias o querellas temerarias y/o en base a hechos que
manifiestamente no sean constitutivos de infracción penal”.
El auto de archivo, dictado el pasado
día 9, ya ha sido recurrido por el colectivo denunciante. El Juzgado
dará trámite al recurso y lo elevará a la Audiencia Provincial cuando la
Fiscalía, donde se remitieron las diligencias
tras acordar la inadmisión, devuelva la causa al instructor.
El magistrado recuerda que la
asociación denunciante “se limita a aludir a ciertas noticias
periodísticas” y explica que una denuncia “requiere un mínimo compromiso
de concreción acerca del hecho que puede constituir delito
(…), no pudiéndose esperar que de la mera imputación genérica aderezada
con hechos ambiguos se desencadene el mecanismo inquisitivo de la
investigación penal”.
El Juzgado también ha inadmitido y
archivado la denuncia que la asociación Lamba presentó ante la Fiscalía
por los mismos hechos ya que el Ministerio Público acordó remitirlas al
Juzgado el día 16, una semana después de que
éste ya hubiera sobreseído las diligencias.
Por tal motivo, el instructor, en un
segundo auto dictado ayer, acuerda incorporar las diligencias del fiscal
a la causa sobreseída provisionalmente por inadmisión de la denuncia y
notificar la resolución a Lambda para dar a
esta asociación la oportunidad de personarse y recurrir el archivo,
como ya ha hecho Red Española de Inmigración.
Comparte la noticia
Categorías de la noticia