La Fiscalía incoará diligencias de investigación penal tras la denuncia
del grupo político Plataforma San Antonio de Benagéber por si los hechos
denunciados fueran constitutivos de delito.
La sentencia condenó al Ayuntamiento de San Antonio de Benagéber a
devolver las cantidades en concepto de retasación urbanística por considerarla
ilegal. Se da la circunstancia que quien cobró estas cantidades fue el
urbanizador MASASESICAS SL pero el Ayuntamiento no ha procedido contra éste
para reclamarle el pago de dichas cantidades que ha abonado al juzgado.
Fiscalía ya había pedido la imputación del Alcalde D. Eugenio Cañizares por otras actuaciones también
denunciadas por Plataforma SAB. Éstas eran el pago de una factura de 50.000 €
por unos libros conmemorativos inexistentes y por la contratación verbal de
unos trabajos de jardinería por valor de más de 50.000 €.
En esta ocasión hemos denunciado ''la inacción del gobierno municipal contra el agente urbanizador causante de sentencia de retasación urbanística condenatorio al Ayuntamiento por denuncia de un tercero''.
Como
consecuencia de la Sentencia
608/08 del Juzgado Contencioso Administrativo de Valencia, ratificada por la
Sentencia 1409 del TSJ de la CV, Sala de lo Contencioso Administrativo el
Ayuntamiento de San Antonio de Benagéber ha sido objeto de embargo judicial por
699.429,74 €, de momento y a falta de cuantificar los intereses y costas
definitivos. Se le condena por el coste de una retasación urbanística en el
sector T-1 del PGOU anulada por la sentencia. Además dicha sentencia anula el
acuerdo de Pleno en el que se aprobó dicha retasación.
El
Ayuntamiento aduce que no fue el receptor del pago de los costes de la
retasación, que fue el agente urbanizador MASASESICAS S.L. Pero a pesar de las
actuaciones judiciales condenatorias, el coste al patrimonio municipal que
supone el pago con terrenos municipales y la insistencia de nuestro grupo
político y técnicos municipales de que se actúe:
·
El Ayuntamiento no ha actuado contra el agente urbanizador.
·
Tampoco ha anulado el acuerdo de Pleno que aprobó la retasación.
·
Ni ha explicado ni por qué no actuó en su día contra la existencia del
vertedero y posteriormente negó conocer de su existencia a pesar de quedar
demostrado lo contrario.
En el Auto judicial se argumenta que el Ayuntamiento
“tiene a su disposición un amplio elenco de posibilidades para intentar
recobrar las cantidades que abone a la mercantil ejecutante”. Esto es, puede
reclamarle al agente urbanizador MASASESICAS las cantidades que debe abonar
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