El borrador de anteproyecto de Ley de la Generalitat del Taxi de la
Comunitat Valenciana inicia el proceso de información pública según
publica el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 23 de enero.
El
plazo para la presentación de observaciones será de 15 días hábiles a
partir del martes 24 de enero y el texto se puede consultar en la
página web de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración
del Territorio o en la dirección general de Obras Públicas, Transporte y
Movilidad. Las alegaciones, sugerencias u observaciones efectuadas por
las personas o entidades que se consideren interesadas deben formularse
por escrito dirigido a esta Dirección General.
El
anteproyecto de Ley del Taxi busca la profesionalización del sector para
mejorar la calidad del servicio, además de acabar con las confusiones
en materia competencial. Se pretende ofrecer a los profesionales un
marco jurídico que les permita su actividad en condiciones de
homogeneidad, modernidad y seguridad, reconociendo la contribución que
prestan a la actividad productiva y económica, destacando el componente
público que caracteriza sus prestaciones.
En primer lugar,
regula el objeto, ámbito de aplicación de la Ley, los principios por los
que se rige y el reparto de competencias. Como novedad se puede
destacar que se devuelven las competencias en esta materia para los
municipios de menos de 20.000 habitantes que no estén en un Área de
Prestación Conjunta.
Mayor calidad en el servicio
El
Título II se centra en el nuevo modelo impulsado basado en "un taxista,
una licencia". La ley aplica el modelo de prestación del profesional
autónomo y, por lo tanto, sólo las personas físicas podrán ser titulares
de una autorización o licencia, sin perjuicio de que este titular pueda
contar con conductores colaboradores o asalariados.
El
objetivo no es otro que garantizar una mayor eficacia y calidad del
servicio porque se establece un contacto directo entre el usuario y la
persona que explota el servicio. Con este modelo se evitarán las
acumulaciones de licencias que pueden generar situaciones no deseables.
Se apuesta por un sector más profesionalizado donde sea el propio
titular de la autorización el que explota el servicio, porque esto
redunda directamente en la calidad del servicio que se presta a los
usuarios. Para los casos de acumulación de licencias, la Ley establecerá
un plazo de dos años para que se haga la transmisión de las licencias a
otra persona física.
Vehículos de nueve plazas
La
Ley también recoge, entre otras novedades, que en régimen general se
autorizarán vehículos de 5 plazas y de 7 para vehículos adaptados. Pero,
en casos excepcionales, como por ejemplo en zonas rurales donde no está
garantizada una comunicación suficiente con transporte (conexión
directa en la capital comarcal o provincial dos veces al día, de ida y
retorno, mañana y tarde), se autorizarán vehículos de 9 plazas como
transporte a la demanda y de agrupación de viajeros. Además, la
antigüedad de los vehículos que prestan servicio de taxi no excederá de
12 años.
Igualmente se incluye el régimen tarifario de la
prestación de los servicios de taxi mediante el establecimiento de
tarifas urbanas e interurbanas, será la conselleria en materia de
transporte la que deberá ajustar el régimen tarifario del taxi a los
criterios establecidos en la ley en el plazo de 6 meses. Por otra parte,
en este punto hay que destacar que la Ley acabará con la tarifa
variable, porque las tarifas que se aplicarán para desplazamientos fuera
de las municipios o las áreas de prestación conjunta serán las tarifas
interurbanas. Igualmente, se aplicará la tarifa de la Comunitat
Valenciana en viajes fuera de los límites de la autonomía.
Centros de Distribución de Servicios del Taxi
Además,
se crea la figura de los 'Centros de Distribución de los Servicios del
Taxi', donde se ofrece la posibilidad a los taxistas de agruparse en una
sociedad o cooperativa para poder concentrar la oferta de sus servicios
y mejorar la comercialización. En ningún caso el usuario asumirá el
coste de la puesta a disposición del taxi mediante este servicio.
Asimismo
se regula las Áreas de Prestación Conjunta (APCs) como entidades
formadas por varios municipios para la mejora de la prestación del
servicio de taxi. En este punto, la novedad más destacable es que las
APCs se crearán por orden de la conselleria siempre previa consulta de
las asociaciones representativas de taxistas y usuarios, además, se
requerirá la conformidad de 2/3 de los ayuntamientos afectados que
representen, al menos, un 50% de la población de derecho. Se pretende
así favorecer y facilitar la creación de APCs.
Vehículos adaptados
Finalmente
se recogen una serie de disposiciones adicionales, transitorias y
finales,cuyo objetivo es contemplar aquellas situaciones que van a
permitir una correcta aplicación de la Ley. Cabe destacar la disposición
transitoria primera, que pretende aplicar medidas para conseguir un 5%
de taxis adaptados y responder así a la demanda y a las necesidades
actuales. Por ejemplo, actualmente, este porcentaje no llega al 1% en el
área de prestación conjunta de Valencia, por eso, a aquellos
propietarios que tengan más de una licencia se les ofrece la posibilidad
de mantenerlas durante un plazo máximo de 10 años si cambian su
vehículo por un vehículo adaptado.
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