Agentes de la Policía Nacional han
detenido en Paterna a una pareja de 40 y 41 años, de origen español, como
presunta autora de un delito de estafa, y a la mujer además como presunta
autora de un delito de simulación de delito, tras denunciar falsamente la
sustracción de su vehículo y cobrar el seguro de su compañía.
Las investigaciones se iniciaron
en septiembre al tener conocimiento los agentes que una mujer había denunciado
la sustracción de su vehículo, un coche de alta gama, tras dejarlo perfectamente
estacionado y cerrado en la calle Eugenia Viñes de Valencia.
Los policías localizaron el
vehículo un mes más tarde aparcado junto a un supermercado de la localidad de
Paterna, sin daños y correctamente estacionado y cerrado, dando cuenta de
inmediato a los denunciantes, que comunicaron no ser ya los propietarios del
mismo.
Continuando con las
investigaciones, los policías averiguaron ya habían cobrado la indemnización de
21.940 euros de su compañía de seguros, así como que el coche nunca había sido
sustraído. Se da la circunstancia que el vehículo había sido localizado 12 días
después de haber cobrado la indemnización del seguro. La mujer había denunciado
así como el marido a sabiendas de ello había recibido el dinero de
indemnización de su seguro.
Como consecuencia de las
investigaciones, los agentes detuvieron a la mujer como presunta autora de los
delitos de simulación de delito y estafa y al hombre como presunto autor de un
delito de estafa.
Los detenidos, sin antecedentes
policiales, tras ser oídos en declaración fueron puestos en libertad, no sin
antes ser advertidos de la obligación de comparecer ante la Autoridad Judicial
cuando para ello fuesen requeridos.
Denuncia falsa
Todas
las denuncias se investigan para al esclarecimiento de los hechos, la
protección de las víctimas y la identificación del posible o posibles autores
de los hechos denunciados, así como la veracidad de los mismos.
En
todas las denuncias se informa de los artículos de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal y del Código Penal relacionados con las denuncias, incluyéndose en un
párrafo del atestado de la denuncia, como se enuncia a continuación:
“que
ha sido informado de la obligación legal que tiene de decir la verdad (Art.433
de L.E.CR.) y de la posible responsabilidad penal en la que puede incurrir en
caso de acusar o imputar falsamente a una persona una infracción penal o con
temerario desprecio hacia la verdad (Art. 456 de Código Penal), simular ser
responsable o víctima de una infracción penal
(Art. 457 de Código Penal), o faltar a la verdad en su testimonio (Art.
458 de Código Penal)”.
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