La concejala de Medio
Ambiente, Teresa García, propone elevar a la Comisión Informativa
Especial de Seguimiento del Convenio Lafarge Cementos
SAU-Ayuntamiento, el cual se reunirá mañana, la emisión de
dictamen municipal desfavorable tanto del borrador del pliego de
condiciones particulares remitido por la Conselleria de Medio
Ambiente, el borrador de autorización remitido en junio de 2017,
como el borrador de propuesta de resolución del expediente de
ocupación, todo ello en referencia a la petición de ampliación de
la cantera de Salt del Llop, monte catalogado de utilidad pública,
conocido como montaña de Romeu (Bonilles y otros). Esta negativa se
basa en las 12 razones ya expuestas por el Ayuntamiento de Sagunto en
la parte expositiva del acuerdo plenario del 7 de marzo de 2017, y
emitidas a la Generalitat.
El pasado viernes 9 de
septiembre el Ayuntamiento de Sagunto recibió, de nuevo, el borrador
del pliego de condiciones que modifica la parte final del mismo, ya
remitido el pasado 6 de junio de 2017 para
manifestar formal y expresamente su conformidad o discrepancia. Una
vez más, el ayuntamiento muestra su disconformidad con lo expuesto
dado que no se atienden a las doce cuestiones expuestas en el acuerdo
plenario de marzo.
Asimismo,
el dictamen desfavorable explica que el Ayuntamiento de Sagunto es el
titular del monte catalogado de utilidad pública, como simple
administración informante que tiene un margen de maniobra de
formular apreciaciones y valoraciones que, sin embargo, no tiene la
administración pública que tiene el poder de decidir, que es la
Conselleria. Por ello, considera que, necesariamente, ante los datos
objetivos que se le han puesto de manifiesto por diversos cauces
durante la instrucción de su expediente, tiene la obligación de
verificar los mismos y valorar y ponderar hasta qué punto las
evidencias resaltadas pueden influir en la legalidad y validez en
derecho de la decisión pública de autorización de ocupación que
debe adoptar.
La
edila de Medio Ambiente ha declarado, en este sentido que “el
problema de la tramitación de este expediente, y es un poco lo que
está remarcando desde el minuto 1 el Ayuntamiento de Sagunto radica
en el pliego de condiciones el cual está dando cobertura a todas las
irregularidades que acompañan al expediente. Intentar a través de
la resolución salvar aspectos como el de la legislación
urbanística, por ejemplo, es complicar un poco más la propia
tramitación del expediente. Sin embargo, el ayuntamiento y sus
servicios técnicos continúan haciendo referencia a esos
requerimientos de legalidad y dónde se encuentran las
irregularidades dentro del expediente y podemos pensar que la
Conselleria, a través de esta resolución está intentando paliar
los posibles errores que haya dentro de este pliego. Puede ser que
tanto las responsabilidades por delito ecológico como las
responsabilidades penales las salve pero, efectivamente, la propia
resolución si no se entra a cambiar donde está el problema, que es
en los pliegos, entonces es recurrible y, si al final la Conselleria
concede la resolución tal y cómo pretende hacerla, nosotros la
recurriremos y continuaremos cumpliendo y haciendo caso a aquello que
informan nuestros servicios jurídicos”.
Cabe
recordar que el Ayuntamiento de Sagunto remitió, en el pasado mes de
marzo, el acuerdo plenario íntegro, con la totalidad de los términos
motivados de la propuesta de resolución desfavorable al pliego
autonómico. Una propuesta que pone en evidencia que, una
autorización autonómica de ocupación del monte público municipal
catalogado de utilidad pública, adolecería de varios vicios de
legalidad. La propuesta de dictamen desfavorable entiende que
hay 12 argumentos desfavorables en contra del pliego que regirá la
ocupación del monte público. De estos, cinco son considerados como
cuestiones de estricta legalidad que han sido obviadas e ignoradas
por el órgano autonómico que tiene la competencia de decidir la
autorización.
La primera de las
cuestiones legales en que la propuesta incide son los indicios de
vulneración grave de la concesión demanial para la explotación de
la cantera otorgada en 1988, declarado como un incumplimiento muy
grave por el pleno el 30 de mayo de este año al haberse superado la
cota de extracción de áridos por debajo de los 160 o 150m.
La segunda cuestión se
refiere a la disconformidad municipal con la superficie objeto de la
concesión, dado que parte de esa superficie afecta a terrenos en los
que el uso extractivo es incompatible urbanísticamente conforme a la
delimitación gráfica reflejo de las previsiones del artículo 277
de las normas urbanísticas del PGOU de Sagunto.
La tercera cuestión hace
referencia al plazo de vigencia de la concesión, ya que el periodo
de duración de la ocupación a petición de Lafarge Cementos S.A.U
entra en conflicto con los máximos acordados por el pleno municipal
en su sesión de 17 de enero del 2017, que señalaba un plazo máximo
de 10 años de explotación. Sin embargo, el órgano autonómico
propone autorizar la ocupación del monte hasta 2042.
“No queda otra, ante
una discrepancia de tipo jurídico como es la que se está dando, que
acabar en la vía judicial y que sea un juez quien interprete esta
discrepancia. Sin embargo, lo que sí se debe decir es que, pliecon
el hecho de dar la resolución en estas condiciones, lo que está
haciendo la Conselleria es homologar una extracción de piedra que se
ha hecho durante muchos años de forma incorrecta y que ella misma no
ha supervisado. Han fallado los mecanismos de control, ha fallado
también la supervisión de la explotación y están consintiendo, en
cierto modo, que una empresa haya explotado una montaña pública
fuera de los límites que tenía establecidos por parte del
ayuntamiento”, ha señalado García.
Otra de las cuestiones de
estricta legalidad se refiere al no reconocimiento del Proyecto de
Restauración Integral de la cantera como mecanismo definidor de lo
que se pueda extraer. La siguiente cuestión menciona que, de
atenderse a la delimitación de las 33 hectáreas reflejadas en la
solicitud de concesión “supondrán la ratificación autonómica
material, por medio de actuaciones administrativas delimitadoras de
una infracción urbanística sobre suelo no urbanizable protegido
donde el uso extractivo no está tolerado por el Plan General de
Ordenación Urbana de Sagunto”.
En vista de lo expuesto,
el Ayuntamiento de Sagunto solicita que, de nuevo, se tomen en
consideración todas las razones indicadas por parte del órgano
autonómico, para corregir el borrador de los pliegos y de la
autorización sometida a alegaciones municipales.
“Siempre hemos
trabajado para mantener la cohesión y defender los bienes públicos,
sobre todo la montaña, y seguiremos trabajando de esta manera
porque, además, entendemos que una cantera a menos de 500 metros de
las casas supone para los vecinos, hasta el año 2042, una carga que
es inasumible. Siempre hemos dicho y pensado que se tiene que tratar
de considerar todos los intereses pero, dado que hay una voz que se
queda fuera, que en este caso es la de los vecinos, pues nosotros
estaremos a su favor”, ha finalizado Teresa García.
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