El coordinador territorial de Unión Progreso y Democracia en la Comunitat Valenciana, Alexis Marí, asegura que “nuestros candidatos a las elecciones al Parlamento Europeo sí conocen la cultura del esfuerzo, tienen un trabajo, un negocio o han aprobado unas oposiciones. Para otras formaciones, la capacidad de ganarse la vida al margen del partido parece no tener ninguna valía. En este sentido, el coordinador recuerda que los candidatos de la Comunitat a las Europeas Javier Ordóñez, Ramiro Solanes y Marta Martín, son profesores en diferentes centros universitarios, dedican parte de su tiempo a la docencia y a la investigación y acumulan decenas de publicaciones. Por otra parte, David Devesa ha trabajado en la empresa privada y actualmente dirige un despacho de abogados.
Estas trayectorias profesionales contrastan con los candidatos de otras formaciones. Actualmente, hay casos de cargos públicos electos que con 23 años, sin experiencia previa en el mundo laboral y tras haber pasado por la universidad -a veces sin acabar los estudios- ya comienzan a cobrar un sueldo público. “Son personas que se han afiliado a la sección juvenil del partido, que no han trabajado en su vida, ni tienen un negocio que atender ni han aprobado unas oposiciones”, explica Marí.
El coordinador sostiene que el partido, desde sus inicios, “no ha creído en las secciones juveniles o juventudes. No creemos que sea eficaz ni beneficiosa una estructura paralela en la que apartar a los más jóvenes, impidiendo su participación activa en la política y en la vida interna del partido. Marí sostiene que “muchas veces esas juventudes son verdaderas escuelas sectarizantes de los futuros cargos del partido donde los jóvenes buscan medrar internamente para repartirse luego un puesto cuando sean mayores”.
UPyD recuerda que el punto cuatro del artículo 53 de los Estatutos explica que ‘para poder ocupar un cargo público electo o de designación política en nombre del partido, que implique dedicación completa, será requisito acreditar, al menos, cuatro años de experiencia profesional previa o función social no remunerada equivalente y que no puede consistir en haber desempeñado otro cargo público electo o ejecutivo’.
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