Juan Guillén. EPDA Lo
primero que hay que reseñar es que ya se celebraban plenos en Puerto
de Sagunto, sin problema de ningún tipo, pero una sentencia
judicial, a instancia particular, los prohibió. Una sentencia que
decía que un artículo de un Real Decreto Legislativo lo impide, al
establecer el citado artículo, que los plenos deben celebrarse en
la “casa consistorial” (sic)
Pero no debemos
olvidar que la cúspide de nuestro ordenamiento jurídico es la
Constitución, que tiene rango de Ley Suprema y como tal se impone
sobre todas las demás leyes y normas jurídicas.
Respaldo
constitucional
Sobre
la autonomía local encontramos en la Constitución lo siguiente:
"
El derecho de la comunidad local a participar a través de órganos
propios en el gobierno y administración de cuantos asuntos le
atañen.”.
Sobre
la participación ciudadana dice nuestra Carta Magna:
“Los
ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos,
directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en
elecciones periódicas por sufragio universal.”
Y
sobre los poderes públicos podemos leer en nuestra Ley Fundamental:
“Corresponde
a los poderes públicos PROMOVER las condiciones para que la libertad
y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean
reales y efectivas; REMOVER los obstáculos que impidan o dificulten
su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en
la vida política, económica, cultural y social.”
Moción
de Iniciativa Porteña
Amparándonos en
tales preceptos, Iniciativa Porteña presentó una moción en el
pleno del ayuntamiento de Sagunto, que fue aprobada por unanimidad de
todos los grupos políticos, solicitando al Congreso de los Diputados
el cambio del único artículo del Real Decreto que impide la
celebración de plenos en El Puerto, y cuya redacción quedaría así:
“Las
sesiones del pleno municipal se celebrarán allí donde decida el
pleno del ayuntamiento, sin perjuicio de la constitución de
distintas sedes donde celebrar dichos plenos, ya sea de forma
continuada, alterna o periódica en cualesquiera de ellas.
Y
volviendo a la pregunta inicial ¿Son posibles los plenos en El
Puerto? La respuesta obviamente es afirmativa.
Tan
solo se necesita un sencillo cambio en un simple Decreto Legislativo.
Pero este trabajo corresaponde ya a los partidos con representación
parlamentaria en el Congreso de los Diputados. Y a ellos me dirijo
desde estas líneas: PP, PSOE, IU, Podemos, Ciudadanos, Compromís.
Todo ellos votaron unánimente en el pleno del yutamiento a favor
del cambio y a ellos corresponde trasladar este acuerdo plenario.
Esta
petición en forma de carta abierta a todos los Partidos Políticos
ya la trasladamos de forma particular a todos y cada uno nuestros
representantes en el Congreso de los Diputados sin distinción de
color político. Y nos consta que dicha solicitud ha sido
recepcionada por algunas de sus Señorías, siendo también cierto
que algunos de esos partidos han acogido de forma positiva nuestra
petición.
Quiero
nombrar expresamente a EU y a Ciudadanos, que nos han trasladado que
van a estudiar este legítimo (y constitucional) objetivo de todos
los porteños.
Desde
luego desde IP no vamos a desfallecer por la defensa de los intereses
de los porteños, allá donde haga falta defenderlos.
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