Susana Gisbert. Otro
año toca conmemorar el día para la eliminación de la violencia
contra las mujeres. Y digo “toca” con toda la intención. Ojala
no tocara. Ojala ya no fuera un problema contra el que hay que
levantarse cada uno de los 365 dias del año y no solo el que marca
el calendario. Pero mientras las cosas sigan igual, e incluso peor,
es lo que hay. No nos queda otra.
En
estos días, por razones bien desgraciadas, se ha estado hablando
mucho de las actuaciones de quienes vestimos toga en esta materia.
Tal vez demasiado y, tal vez también, sin demasiado conocimiento de
causa por parte de algunas personas. No pretendo ser corporativista
pero hay que dejar claro que en muchas ocasiones las decisiones de un
juez o tribunal vienen determinadas por unas leyes y unos criterios
que no siempre son comprensibles fuera del mundo del Derecho
Así
que, con motivo de este día, aprovecharé para hacer algunas
consideraciones. Y la primera de ellas es algo que a estas alturas,
debería estar claro. Desde la Justicia no hacemos otra cosa que
gestionar el fracaso del sistema. Solo actuamos cuando ya se ha
cometido un delito, y no contamos con herramientas legales ni
presupuestarias para prevenir un delito futuro si no se ha cometido
otro antes. Es duro, pero es así. Las medidas que se adoptan en los
juzgados son medidas cautelares que tienen por presupuesto
indispensable la comisión de un delito, aunque con ellas tengamos la
posibilidad de evitar otros. No podemos actuar por intuición, ni
siquiera por una sensación subjetiva de creer o no a la víctima o
de imaginar un peligro venidero. Nuestra función escapa de eso. Y si
no hay un delito previo que justifique la adopción de determinadas
medidas no se pueden adoptar, por más que nos lo pida el cuerpo. Y
tampoco contamos con instrumentos que nos garanticen cómo se cumplen
esas medidas. Corresponde a los poderes públicos dotar de medios
para asegurar la vigilancia en las órdenes de protección para que
estas sean efectivas. También corresponde a éstos garantizar
nuestra especialización y formación que, a día de hoy, no existe
en la mayoría de los juzgados de España por no ser juzgados
especializados sino eso que se ha dado en llamar “mixtos
compatibles”, esto es, que llevan la materia de violencia de género
como añadido a todas las demás.
Pero
aquí no acaba nuestra intervención en esta materia. También se ha
hablado mucho en estos días de la fase de juicio y, en concreto, de
la admisión de ciertas pruebas. Y también en este caso debemos
regirnos por lo que establece la ley, y adoptar decisiones a veces de
difícil comprensión. Pero tal vez, solo tal vez, habría que dejar
un portillo abierto a la reflexión. No admitir determinadas pruebas,
si cumplen con todos los requisitos legales, podría causar aún más
daño que el que se trata de evitar. Podría suponer que, en un
eventual recurso, se anulara el juicio y tuviera que reptirse, y en
ese caso sería peor el remedio que la enfermedad. Algo a tener muy
en cuenta.
Como
decía, no pretendo hacer corporativismo facilón. Jueces, y
fiscales, los hay de todos los tipos, como en todas partes, y nada
obsta a que se critique a quien no lo hace bien, pero para ello hay
que asegurarse de conocer todas las circunstancias.
En
definitiva, trato de hacer una reflexión. No empecemos la casa por
el tejado. No carguemos tanto contra quienes aplican una ley sin
medios, y hagámoslo más bien contra quienes no dotan de medios a
quienes aplican la ley.
Y
ójala cosas tan básicas como la prevención y la educación impidan
en un futuro que seamos quienes tengamos que gestionar este fracaso
de la sociedad. Ojala no seamos necesarios. Por ellas.
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