Ante la falta de
estabilidad de parte del vallado perimetral del Palacete Neonazarí observada en
la última visita de inspección y recogida en un informe del 29 de septiembre de
2015 del Jefe de la
Unidad Técnica de Gestión Urbanística, el Ayuntamiento de
Torrent ha emitido un decreto en el que se ordena a los propietarios del Chalet
Giner Cortina la ejecución de una serie de actuaciones con carácter urgente
para la reparación y conservación de este Bien de Relevancia Local.
Entre las obras que se solicitan destaca la estabilización del vallado
perimetral de la parcela, además de otras tareas de desbroce, limpieza y de
apuntalamiento, así como de inspección y retirada de todos los elementos
susceptibles de encontrarse en condiciones deterioradas.
Previamente a la ejecución de las obras, para las que se ha establecido
un valor económico estimado de 11.000€, deberá redactarse proyecto de
intervención que incluya memoria descriptiva de los trabajos a ejecutar sobre
la reparación ordenada, con previa supervisión por los técnicos municipales, y
se ajustará a lo dispuesto en la
Ley.
“En la última
inspección al Palacete los técnicos municipales han constatado que existe una
insuficiente estabilidad de parte de la valla perimetral de Gómez Ferrer, ya
que muchas de las pilastras del murete están muy deterioradas. Por ello,
siguiendo las recomendaciones de los arquitectos municipales, hemos actuado con
responsabilidad adoptando una serie de medidas urgentes, cumpliendo además con
la obligación del Ayuntamiento de dictar órdenes de ejecución de obras de
reparación, conservación y rehabilitación de edificios deteriorados, más aún si
cabe tratándose de un inmueble de Relevancia Local”, explica la concejala de Desarrollo Sostenible, Inma Amat.
El plazo previsto para la ejecución de dicha medida cautelar incluida la
redacción del proyecto de intervención y la correspondiente será de siete días
naturales, dado el riesgo de desplome del vallado.
Una vez ejecutada la orden de los trabajos y obras referidas, los
propietarios deberán comunicar por escrito al Ayuntamiento su cumplimiento de
forma inmediata tras su ejecución. En caso de incumplimiento el Ayuntamiento podrá
proceder a su ejecución subsidiaria.
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