El
pasado 31 de mayo de 2018 el juzgado nº2 de Llíria dictó sentencia sobre la
denuncia por lesiones, coacciones y agresión efectuada por miembros de la
plataforma web Vivaleliana! absolviendo de todos los delitos a Isabel Montaner,
María Isabel Borja y Manuel Montaner.
Así
se desprende de la sentencia sobre la que no cabe ya recurso y que se pronuncia
sobre los hechos ocurridos el pasado 25 de junio de 2017, en los que se
encontraba la representante del grupo municipal Compromís, Isabel Montaner,
junto con sus familiares, para disfrutar de un acto privado de final de curso
de una escuela del municipio, en la que participaba como alumna la hija mayor
de Isabel.
Según
los denunciantes, en este acto tanto Montaner como sus padres "golpearon y
amenazaron" a los miembros del portal web Vivaleliana!, unos hechos que han
quedado desmentidos por la juez instructora del caso que ha decretado la
absolución de los denunciados.
Concretamente,
de la sentencia se desprende que los denunciantes acuden al final de curso "con
la intención de efectuar la grabación del acto" en el que destaca la presencia
de menores de edad. Un acto "al cual se desconoce si estaban autorizados o no y
si estaba o no permitido efectuar fotografías".
Asimismo,
la sentencia continua, respecto a los delitos leves que se les imputan
"requieren dolo intención […] que de la totalidad de la prueba practicada no
consta en ningún momento como acreditado".
"Ningún
testigo relata o describe ninguna agresión o contacto físico de las denunciadas
con la denunciante, no cogieron la cámara, no le golpearon, únicamente se
colocan para impedir que filmara la cámara, pero sin contacto alguno".
Asimismo, asevera que tras el visionado de la grabación aportada como prueba
"tampoco se observa ninguna agresión ni daño a la cámara, ni tan siquiera un
manotazo".
Del
mismo modo, sobre la acusación de maltrato de obra y amenazas a Manuel
Montaner, también se pronuncia la juez a favor de la absolución pues, según la
sentencia no hay prueba de cargo que desvirtúe el principio de presunción de
inocencia.
"Los
testigos no observaron agresión alguna, no existiendo parte médico como dato
objetivo", apunta la sentencia que, además, destaca que a pesar que los
testigos "escucharon muchos gritos, no resaltan ninguna amenaza ni en la
grabación se escucha amenaza alguna".
"Situación de persecución continuada"
Desde
fuentes de la familia Montaner, han agradecido todo el apoyo recibido ante la
situación de "persecución personal continuada" a la que Isabel se ha visto
sometida desde el momento que accedió al consistorio por parte de los miembros
de Vivaleliana! "puesto que fue con el cambio de gobierno municipal cuando esta
plataforma dejó de encadenar contratos del ayuntamiento de l'Eliana".
Además,
han avanzado que exigirán el derecho de rectificación y solicitaran que la plataforma
se haga eco de la sentencia dictada, puesto que realizaron el 27 de junio de
2017 una noticia donde explícitamente sentenciaban en sentido contrario a la
sentencia real a esta familia, dañando su propio honor de manera grave sin
razón legal alguna. "Ahora se ha demostrado eran falsas acusaciones con
intencionalidad política", han aseverado.
Por
su parte la concejala Isabel Montaner, ha asegurado que continuará
desarrollando su actividad municipal y trabajando para mejorar la vida de las
personas de l'Eliana, pero ha querido puntualizar que "es necesario separar".
"No permitiré jamás
ningún ataque personal, hacia mis familiares directos, muy especialmente hacia mis
hijos menores que han de crecer y desarrollar su vida con normalidad dentro del
municipio en el que creció su madre y están sus raíces, deseando para los niños
una vida plena y tranquila propia de su edad.", ha concluido.