El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la duodécima
prórroga del acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de febrero de 2021, por el
que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el
contagio por el COVID-19, mediante la limitación de los vuelos entre la
República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos
españoles.
La medida entrará en vigor desde las 00:00 del dÃa 20 de
julio (hora peninsular) hasta las 00:00 horas del 3 de agosto de 2021 (hora
peninsular).
Desde la República Federativa de Brasil y la República de
Sudáfrica solo podrán realizarse vuelos a España que estén ocupados por
ciudadanos españoles o andorranos, asà como residentes en ambos paÃses o
pasajeros en tránsito internacional a un paÃs no Schengen con escala inferior a
24 horas sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español.
Estas restricciones no afectan al personal aeronáutico
necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.
Además, se contemplan otras exenciones relativas a vuelos de
aeronaves de Estado, servicios de búsqueda y salvamento (SAR), vuelos con
escala en territorio español con fines no comerciales y que tengan por destino
final otro paÃs, vuelos exclusivos de carga, posicionales (ferry) y
humanitarios, médicos o de emergencia.
Se considera que, si bien es cierto que
el riesgo de importación de casos desde ambos paÃses se puede reducir gracias a
las medidas de control sanitario aplicables a la llegada a España, ello no
obsta para continuar extremando las precauciones ante el potencial de
propagación de las variantes brasileña y sudafricana del virus.
En todo caso,
en función de la evolución de la pandemia y de las decisiones que puedan
adoptarse de forma coordinada en la Unión Europea, el Ministerio de Sanidad
podrá levantar, por razones justificadas, dichas limitaciones.
Acción decidida
del Gobierno por la salud y la seguridad
El acuerdo se encuadra en la acción
decidida del Gobierno para proteger la salud y seguridad de los ciudadanos,
contener la progresión de la enfermedad y reforzar los sistemas sanitarios y
sociosanitarios, y en sintonÃa con las recomendaciones en el ámbito de la
coordinación europea.
Adicionalmente, están en lÃnea con el objetivo
establecido por el Comité de Emergencias de la Organización Mundial de la Salud
y por el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades de
interrumpir la propagación del virus, adoptando medidas firmes para detectar la
enfermedad de manera precoz, aislar y tratar los casos, hacer seguimiento de
los contactos y promover medidas de distanciamiento social acordes con el
riesgo.