El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha confirmado de forma definitiva su negativa a abrir una investigación contra el president de la Generalitat, Carlos Mazón, por su actuación durante la dana del 29 de octubre de 2024, la catástrofe que dejó 230 vÃctimas mortales.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJCV ha desestimado por unanimidad los recursos de súplica presentados por varias acusaciones y ratifica Ãntegramente el auto dictado el pasado 16 de marzo, en el que ya se declaraba incompetente para asumir una investigación penal sobre el jefe del Consell.
La resolución, hecha pública este lunes y respaldada también por el criterio de la FiscalÃa, no admite recurso.
Los magistrados niegan indicios suficientes contra Mazón
El pleno del tribunal sostiene que los escritos presentados por las acusaciones no aportan elementos que permitan modificar la valoración inicial de la Sala sobre la inexistencia de una posición de garante atribuible al aforado ni sobre la falta de indicios sólidos de delito.
"La defensa de la exposición razonada que todos los recurrentes hacen en sus escritos no llega al extremo de proporcionar razones bastantes de la equivocación de la Sala", recoge literalmente el auto.
Los magistrados reiteran asà que no aprecian base suficiente para considerar que Mazón pudiera haber incurrido en un delito de homicidio imprudente ni por acción ni por omisión durante la gestión de la emergencia.
Sin responsabilidad penal en el envÃo del ES-Alert
Uno de los ejes de las acusaciones se centraba en la supuesta participación activa del president en el envÃo tardÃo del mensaje de alerta ES-Alert a la población durante la jornada de la dana.
Sin embargo, el TSJCV insiste en que no existen "indicios de delito sólidos y cualificados" que permitan sostener judicialmente esa hipótesis ni atribuirle una intervención penalmente relevante en la activación del sistema.
La Sala remarca además que, a la vista de la normativa autonómica y de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, al entonces jefe del Consell no se le asignaba un deber jurÃdico directo de actuación en la gestión operativa de la emergencia.
En consecuencia, concluye que no ostentaba la denominada posición de garante exigible para apreciar una posible responsabilidad por omisión.
El tribunal también rechaza cuestionar su aforamiento
La resolución desestima igualmente la petición de varias acusaciones para que no se aplicara a Mazón la prerrogativa del aforamiento como diputado de Les Corts, al entender que no hubo ningún abuso de derecho en esa condición.
Los magistrados subrayan que Mazón ya era parlamentario autonómico antes del 29 de octubre de 2024 y continúa siéndolo desde el inicio de la legislatura, por lo que descartan cualquier comparación con otros precedentes judiciales planteados por los recurrentes.
No se vulnera la tutela judicial efectiva
Frente a las crÃticas de las acusaciones, el TSJCV niega también que su decisión haya lesionado el derecho a la tutela judicial efectiva.
El auto recuerda que ese derecho no implica obtener el resultado pretendido por las partes, sino recibir una resolución "motivada, razonable y fundada en derecho", circunstancia que considera plenamente cumplida en este caso.
La Sala insiste en que el rechazo a investigar al president está "debidamente explicado" tanto por la falta de un cuadro indiciario suficiente como por la imposibilidad de apreciar relevancia penal en la conducta omisiva que se le atribuye.
Decisión firme en una de las derivadas judiciales de la tragedia
Con esta nueva resolución, el Tribunal Superior valenciano deja definitivamente cerrada la vÃa para investigar a Carlos Mazón dentro de esta pieza, mientras la instrucción principal sobre la gestión de la dana continúa en el juzgado de Catarroja.
El pronunciamiento supone un respaldo jurÃdico a la tesis mantenida hasta ahora por el alto tribunal: que no concurren los requisitos exigidos para sentar al president en una causa penal por su papel institucional durante una de las mayores tragedias vividas en la Comunitat Valenciana en las últimas décadas.
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