El
Consell ha autorizado la creación de un segundo puesto de trabajo de
director o directora de Programa en la Vicepresidencia Segunda y
Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática para la Gestión
de los Fondos Europeos del programa 431.99 'MRR Vivienda y
Rehabilitación para la Recuperación Económica y Social'.
El
Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, que regula los programas de
ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se centra en
dos líneas de actuación: 'Programa de rehabilitación para la
recuperación económica y social en entornos residenciales' y
'Programa de construcción de viviendas en alquiler social en
edificios energéticamente eficientes'.
Estas
líneas, que gestionará la Vicepresidencia Segunda y Consellería de
Vivienda y Arquitectura Bioclimática, incluyen programas de ayuda a
las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, apoyo a las
oficinas de rehabilitación, rehabilitación a nivel de edificio,
mejora de la eficiencia energética en viviendas, y de ayuda a la
elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación
y la redacción de proyectos de rehabilitación.
Además,
también incluye ayudas a la construcción de viviendas en alquiler
social en edificios energéticamente eficientes.
Este
Plan de Recuperación establece un conjunto de reformas e inversiones
que permitirán avanzar específicamente en materia de rehabilitación
edificatoria residencial, impulsando esta actividad a través de
medidas en el ámbito regulador y la financiación para la creación
de un entorno favorable, y de impulso de la vivienda en alquiler
social como instrumento efectivo al servicio del ejercicio del
derecho constitucional.
Dada
la envergadura de los programas a desarrollar por la Vicepresidencia
Segunda y para mejorar la capacidad organizativa, se considera
necesaria la autorización para la futura creación de un director o
directora de programa adicional a fin de mejorar la agilidad,
eficacia y eficiencia requeridas en la gestión de los fondos
europeos.
La
contratación de la persona seleccionada se vinculará a la gestión
de fondos europeos donde se fijará expresamente su duración, que
será de un máximo de cuatro años.