El
pasado 14 de marzo fue declarado el estado de alarma estableciéndose
restricciones a la población, limitando la libertad de circulación de las
personas, permitiéndose tan solo algunas actividades que se comprenden en el
art. 7 del RD 463/2020 por el que se
declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria
ocasionada por el COVID-19. CGT denuncia que trabajadores y trabajadoras, con
sus vacaciones fijadas en el periodo de aplicación de dichas limitaciones a la
libertad de circulación de las personas, no están pudiendo ejercer este derecho
reconocido en la Constitución Española y en el Estatuto de los Trabajadores.
La
organización anarcosindicalista señala que existe jurisprudencia en la que se
afirma que "la finalidad de las vacaciones no queda circunscrita de modo
estricto a la mera recuperación física del trabajador", sino que también se
debe posibilitar "la conciliación de la vida personal con la laboral, el acceso
a la cultura de los trabajadores, el esparcimiento y el ocio, las relaciones
sociales y el necesario ejercicio físico reparador". CGT indica que la
situación de confinamiento y limitación a la libertad de circulación a las
personas, establecida con la declaración del estado de alarma, imposibilita a
los trabajadores y trabajadoras, que tuviesen las vacaciones en un periodo
coincidente con este confinamiento, el pleno aprovechamiento de las mismas por
lo que solicita las empresas fijar un nuevo periodo de igual duración para así
poder garantizar el ejercicio efectivo de su derecho al pleno disfrute de las vacaciones.
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