"La
doctrina Parot no se volvió a aplicar tras una sentencia de 2012 del
Tribunal de Estrasburgo", órgano que no pertenece a las
instituciones de la Unión Europea y "nada tiene que ver con el
Parlamento Europeo", ha explicado Pagazaurtundúa.
La vicepresidenta de la comisión de Libertades Civiles del
Parlamento Europeo Maite Pagazaurtundúa ha pedido hoy a Netflix
que corrija un error en el último capítulo de la serie "El
caso Alcàsser" que implica al Parlamento Europeo en la
derogación de la llamada doctrina Parot.
Al término del último de los 5 capítulos de la serie
documental, aparecen una serie de conclusiones en rótulos en
pantalla, entre ellas una frase que reza: "En 2013 se derogó la
doctrina Parot en el Parlamento Europeo". Una aseveración que
no corresponde con la realidad pues el fin de tal doctrina
corresponde al Tribunal de Derechos Humanos en 2012.
"Es evidente el gran trabajo de documentación de esta serie,
que nos muestra la importancia del tratamiento informativo de los
crímenes que se producen en nuestra sociedad, y sus implicaciones
sobre las decisiones políticas. Sin embargo, es sorprendente leer
este importante error al final del quinto capítulo, cuando el
director llega a sus conclusiones sobre el caso", ha añadido.
Pagaza ha resaltado que esta serie acierta en hacernos reflexionar
sobre los fake news, la manipulación, y el tratamiento de las
víctimas, por lo que es aún más importante que sea realmente
rigurosa en la expresión de los hechos. "No debe hacerse creer
al público que una institución como el Parlamento Europeo está
implicada en una decisión puramente judicial", ha indicado.
"De hecho, la gestión de la sentencia del TDH merece otro
documental de Netflix. No era necesario actuar así", ha
concluido Pagaza.
La doctrina Parot, que fue establecida por el Tribunal Supremo en
2006 y refrendada luego por el Tribunal Constitucional, consistía en
la aplicación de los beneficios penitenciarios sobre cada una de las
condenas impuestas, y no sobre una sola de 30 años, empezando por la
más grave. La filosofía era que los culpables de múltiples delitos
de carácter muy grave pagaran hasta 30 años por cada uno de ellos,
y no el límite de 30 años por el total en vigor en ese momento.
La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos se refería
únicamente a la liberación de la presa etarra Inés del Río Prada.
Sin embargo, el fallo se utilizó para liberar de forma inmediata e
inusitada a otros asesinos múltiples (entre ellos 63 etarras), así
como 15 presos comunes con delitos de especial gravedad, de los
cuales varios volvieron a delinquir.