El acusado circulaba por la carretera AP7 dirección creciente cuando a la altura del punto kilométrico 478,1 fue captado por el radar fijo situado en dicho punto circulando a velocidad de 191 km/h, cuando la velocidad máxima permitida en ese tramo es de 100 km/h. Los hechos sucedieron el dÃa 26 de enero de 2014.
El juez ha dictado una pena de 90 dÃas de trabajos en beneficio de la comunidad, y privación del derecho a conducir vehÃculos a motor y ciclomotores por tiempo de 1 año y 1 dÃa, y pago de las costas.