El pasado 14 de
marzo se hacÃa pública la sentencia del Tribunal de Justicia de la
Unión Europea en relación a la cuestión prejudicial planteada por
el juzgado de lo mercantil número 3 de Barcelona en el caso Aziz.
Dicha sentencia vino a ratificar lo que la PAH, el Poder Judicial y
muchos otros colectivos venimos denunciando: que el procedimiento
español de ejecución hipotecaria, asà como el de lanzamientos o
desahucios, deja en absoluta indefensión a la ciudadanÃa,
sobreprotege los intereses de los bancos, vulnera la tutela judicial
efectiva e impide la detección de las múltiples cláusulas abusivas
que infestan la casi totalidad de los contratos hipotecarios
españoles.
Tras dicha
sentencia, todo el paÃs esperaba que el Gobierno actuara de forma
responsable, decretando una moratoria de todos los procedimientos
hasta adecuar la norma española a la directiva comunitaria de
obligado cumplimiento, asà como estableciendo un mecanismo de
revisión de los procedimientos ya ejecutados, puesto que se han
sentenciado vulnerando la ley europea y la tutela judicial efectiva.
Se esperaba también que, entre esas medidas urgentes, se adoptaran
por fin las medidas de la Iniciativa Legislativa Popular respaldada
por casi un millón y medio de firmas y por el 80% de la población
según todas las encuestas: la dación en pago retroactiva, la
moratoria de los desahucios y el alquiler social de las viviendas
vacÃas. Sin embargo, una vez más el Gobierno se plegó a la presión
de las entidades financieras: despreció las medidas de mÃnimos
recogidas en la ILP, no ordenó ninguna moratoria de procedimientos y
se ha limitado a aprobar la ley 1/2013, una ley dictada por la propia
patronal bancaria, que complica aún más la situación de las
personas afectadas. Lo hizo en soledad, sin apoyo de ninguna otra
fuerza polÃtica. Incluso el Banco Central Europeo (BCE) ha criticado
la nueva ley por insuficiente (según Dictamen del 22 de mayo de
2013).
Resumiendo, la
ley 1/2013:
1. 1- No respeta
un procedimiento con todas las garantÃas legales necesarias
Nos encontramos
con una primera y clara diferenciación entre los procedimientos
judicialmente acabados y los procedimientos judicialmente vivos o en
curso.
•Con
respecto a los procedimientos acabados, con esta nueva regulación no
se aborda ninguna opción para todas aquellas personas que ya han
perdido su vivienda, condenándolos de esta forma a la exclusión
social. Se legaliza el abuso bancario sobre el consumidor que ya ha
sido desalojado.
•Con
respecto a los procedimientos vivos:
Se fija un plazo
de caducidad de un mes, cuando hasta ahora no habÃa plazo, y
equipara la publicación en el BOE a la expresión "tener
conocimiento", provocando la consiguiente inseguridad jurÃdica por
notificación mal realizada. En muchos casos este plazo supone
absoluta indefensión, pues la mayorÃa de la población no tiene por
costumbre leer el BOE.
Pretende
legalizar cláusulas abusivas. AsÃ, fija los intereses de demora en
tres veces el interés legal del dinero, cuando venÃan fijándose en
2,5 veces o incluso menos (ver Audiencia de Girona asà como la ley
de contratos de consumo 16/2011). En Alemania, por ejemplo, los
intereses no pueden superar el 3%, y en otros paÃses europeos se
fija en el tipo legal más 1 ó 2 puntos.
Se permite la
aplicación de intereses de demora una vez declarada nula la
cláusula, cuando antes se impedÃa su integración.
Se permite fijar
el precio para la subasta en un 75% de su valor de tasación, cuando
antes era del 100%. En caso de quedar desierta la subasta,
aparentemente el valor de adjudicación sube al 70% (respecto al 60%
anterior); sin embargo, si ese porcentaje generara saldo a favor del
deudor, la adjudicación seguirá siendo por el 60%. El banco nunca
pierde.
Se rompe el
principio de ineficacia de los actos declarados nulos.
Se produce una
violación del derecho a la tutela judicial efectiva y queda patente
la ausencia de igualdad de "armas" para poder defenderse. En caso
de que el juez estime la existencia de cláusulas abusivas, el banco
puede interponer recurso. En cambio, si el juez desestima la
existencia de las mismas la persona afectada no podrá recurrir.
Se produce
incluso discriminación por edad (caso de las familias que pueden
acogerse a la moratoria del desahucio sólo en caso de que haya un
menor a 3 años), una discriminación que podrÃa considerarse
inconstitucional.
1. 2-Se mantienen
los desalojos forzosos
Se permiten
desalojos forzosos sin alternativa habitacional. Desalojos con
criterios arbitrarios, violándose la Convención de derechos del
niño (ONU), y el PIDESC (Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales), entre otras normas vinculantes, anteriores a
la Ley 1/2013 del 14 de mayo.
3-Se mantiene la
deuda perpetua
Prevalece la idea
de "muerte civil" del deudor hipotecario. A pesar de que
formalmente introduce la posibilidad de la retroactividad
(desmintiendo asà la imposibilidad técnica de la retroactividad,
defendida hasta ahora por el legislador), las condiciones prácticas
de dicha retroactividad (poder pagar el 65% de la deuda, más
intereses, en 5 años, o el 80% más intereses en 10 años) impiden
llevarla a la práctica. AsÃ, representa una condonación irreal de
la deuda. Para el 99% de los afectados, en la práctica, supone
mantener la deuda para el resto de su vida, produciéndose una vez
más una violación de los DDHH, y condenando a la exclusión social
a la inmensa mayorÃa de los afectados.
La Ley tampoco
acaba con el abuso fiscal que vienen sufriendo las personas afectadas
por ejecuciones o aquellas que, con gran dificultad, logran la dación
en pago. En ambos casos (a excepción de los pocos casos que entran
en el llamado "decreto de buenas prácticas") el estado seguirá
lucrándose gravando la pérdida de vivienda como si se tratara de
una compraventa beneficiosa para la persona afectada.
Resumiendo:
Se deniegan
derechos ya reconocidos por la legislación vigente, la
jurisprudencia o las directivas europeas.
Una norma hecha
al dictado de los bancos, que una vez más viola DDHH y excluye
totalmente a los más vulnerables.
Evidentemente no
han querido solucionar el problema con la nueva ley y ni mucho menos
con la finalidad que dicen haberla aprobado: no es su intención
proteger a los deudores, sino hacer un muro de contención contra sus
legÃtimas reclamaciones y contra el avance de las medidas
respaldadas tácita o expresamente por una gran mayorÃa de la
población a través de la ILP.
2. Respuesta de
la PAH
-Consideramos que
el plazo de un mes que establece la nueva ley para alegar cláusulas
abusivas es ilegal, puesto que es contrario a la legalidad
comunitaria de defensa del consumidor frente a cláusulas abusivas
(Directiva 93/13/CEE y jurisprudencia del TJUE que la interpreta).
Sin embargo, aunque esperamos que ese plazo podrá ampliarse en los
juzgados, el equipo jurÃdico de la PAH ha realizado un "kit de
emergencia", con el fin de facilitar a las personas afectadas con
procedimientos de ejecución en curso que puedan plantear las
cláusulas abusivas dentro del plazo inicial de un mes, y que
finaliza el próximo 16 de junio de 2013. El kit se compone de:
consejos generales para alegar cláusulas abusivas; modelo de escrito
para solicitar justicia gratuita; modelo escrito para plantear las
cláusulas abusivas; modelo escrito para solicitar suspensión
subasta notarial (en el caso de procedimientos extrajudiciales,
acompañado también por una guÃa especÃfica para las notariales).
Ver documentos aquà y aquÃ
-Llamamiento a
los jueces: sin duda en el último año la mayorÃa de los jueces han
demostrado mayor y mejor conocimiento de la realidad social que el
propio Gobierno, y muchos han denunciado ya la ineficacia de la ley
recientemente aprobada por la mayorÃa absoluta del PP. Ahora les
pedimos que mantengan esa sensibilidad, que no se resignen y, en
aplicación de la normativa europea, vayan más allá de la Ley
1/2013. AsÃ, confiamos en que actuarán de oficio en el análisis de
las cláusulas abusivas o, en su defecto, no permitirán la
indefensión de las personas afectadas (generada por la notificación
vÃa BOE), dando traslado de la posibilidad de plantear las cláusulas
abusivas a todas las personas con procedimientos en marcha. Les
invitamos también a estudiar la posibilidad de trasladar las
contradicciones relacionadas tanto con la indefensión, como con la
contradicción con la normativa comunitaria, tanto por la vÃa de la
inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, como por la vÃa
de la cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión
Europea.
-Llamamiento a la
población: el estado español vive una vulneración de derechos
fundamentales generalizada y una auténtica emergencia habitacional,
a pesar de tener viviendas de sobra. Si algo no falta en este paÃs
son viviendas, pero al menos tres millones y medio de primeras
residencias (según los últimos datos del INE) se encuentran vacÃas,
muchas de ellas en manos de entidades financieras rescatadas con
nuestro dinero, o directamente en manos de la gestión pública a
través de la SAREB o "banco malo". El estado prioriza la
especulación por encima de los derechos humanos de la población y
legisla una y otra vez a favor de los criminales que han hundido la
economÃa entera del paÃs. Frente a una situación tan excepcional,
es más necesaria que nunca la movilización ciudadana. No sólo para
seguir presionando a los poderes públicos y asà forzarles a que
actúen de acuerdo al interés general. Sino sobre todo para
demostrar que, si hay voluntad polÃtica, sà se puede. Se puede
tutelar de manera efectiva nuestro derecho a una vivienda digna,
forzando a los bancos a negociar daciones en pago, condonaciones y
alquileres sociales. Se puede desobedecer leyes injustas y parar
desahucios gracias a la solidaridad y el apoyo mutuo entre vecinas y
vecinos. Se puede recuperar las viviendas vacÃas en manos de los
bancos y que incumplen su función social, para entregarlas a quienes
las necesitan, a través de la Obra Social de la PAH.
La ILP impulsada
por la PAH y otros colectivos está más viva que nunca, porque sus
medidas son más necesarias que nunca. Tarde o temprano el Gobierno
se verá obligado a aprobarlas, porque sin ellas no sólo se vulneran
los derechos de los ciudadanos, sino que será imposible salir de la
crisis. Hasta entonces, seguiremos defendiendo la dación en pago, la
moratoria de los desahucios y el alquiler social en la calle,
rescatando personas y señalando responsables.
¡Sà se puede! Y
lo estamos demostrando
Pah Morvedre.