Imagen de archivo de un huerto. El
Consell Local Agrari ha abierto la convocatoria para la concesión demanial de
62 huertos urbanos. Es un procedimiento que permitirá a las personas
interesadas disfrutar de un huerto urbano durante dos años, prorrogable por
otro año más. Las parcelas tienen una extensión aproximada de 90 m2
y están ubicadas en el polígono 88 del Macrosector VII, junto al Bosc dels Xiquets,
al Norte del polígono SEPES, del que está separado por la avenida Albert
Einstein.
El
Consell Agrari dispone de 140 parcelas para huertos urbanos, de las que ya
otorgó 58 en noviembre pasado y, por lo tanto, quedan otras 20 para la
siguiente convocatoria.
Las concesiones serán gratuitas,
sin perjuicio de los gastos que ocasione el mantenimiento, conservación y
reposición de los elementos de uso común, que correrán a cargo de los
autorizados finales de la explotación. Así mismo, los usuarios autorizados
serán equitativamente responsables del abono de aquellos ingresos de derecho
público municipales que se reportan por la prestación de servicios de
abastecimiento de agua para riego, así como otros que se contraten, tales como
el seguro de las instalaciones, el precio público por la prestación de los
servicios de abastecimiento de agua para el riego de los huertos urbanos
municipales y de mantenimiento de los elementos de uso común regulados en la
ordenanza.
Las personas interesadas deberán
estar legitimadas para formular solicitudes y podrán optar a ser titulares de
autorización demanial aquellas personas físicas, mayores de edad, con plena
capacidad jurídica y de obrar que estén empadronadas en Sagunto con una
antelación mínima de tres años con respecto a la fecha de la convocatoria
Cabe recordar que quienes
soliciten la autorización para explotar un huerto urbano se comprometen a
desarrollar la actividad agrícola dentro de los límites señalados para la
parcela asignada, haciendo un buen uso en todo momento del espacio donde la
misma se ejerce, acatando el funcionamiento y las normas que lo regulan
conforme a lo que se dispone en la autorización demanial y en las normas de uso
que se establecen en la ordenanza municipal, teniendo en cuenta que está
prohibida terminantemente la comercialización o venta, en cualquier escala, de
los cultivos que se obtengan que únicamente serán destinados al autoconsumo o,
si procede, a la donación.
Además de la instancia, aportarán
declaración jurada de no padecer incapacidad física que le impida el trabajo
hortícola, así como certificado de empadronamiento familiar, para lo cual se
facilita modelo de autorización de consulta al respecto, dada la dificultad de
los interesados en conseguir el documento provocado por la COVID-19. Tras las
comprobaciones y trámites legales oportunos, se establecerá la lista de
admitidos y excluidos y se realizará el sorteo para otorgar estas
autorizaciones.
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