Maquinaria del reloj del campanario de la Catedral de Segorbe El próximo día 31 de diciembre, al tocar las doce
campanadas de las horas (que en realidad nunca serán las doce si no las 0:00
horas) muchos ciudadanos europeos y especialmente los españoles nos comeremos
las uvas para celebrar la llegada del año nuevo, 2019, siguiendo una vieja
tradición que algunos universitarios salmantinos no quieren cumplir.
Pero no siempre fue así y no sólo porque en la antigüedad
no existía la costumbre de consumir uvas para la ocasión (se estableció a
finales del siglo XIX), también porque la fecha de finiquitar el año
transcurrido y dar la bienvenida al siguiente no siempre ha estado fijada en la
noche del 31 de diciembre al 1 de enero.
En época romana los católicos ya se negaban a festejar la
llegada del nuevo año en una fecha dedicada a una divinidad pagana. Y por ello
en la Edad Media el principio del año variaba según países haciendo coincidir
la fecha con alguna festividad religiosa cristiana.
En la Corona de Aragón hasta 1350 se mantuvo la costumbre
de celebrarla el día de la Encarnación (25 de marzo) y a partir de ese año se
cambió al día de Navidad. Sí, al 25 de diciembre.
Posteriormente, en la segunda mitad del siglo XVI,
algunos países europeos adoptaron la fecha del 1 de enero, siguiendo el
calendario gregoriano instaurado por el papa Gregorio XIII en 1582.
En la Península Ibérica, Castilla tardó un poco más en
implantarlo, ya entrado el siglo XVII, pero todavía se retrasó más la Corona de
Aragón.
Resulta difícil de entender que en determinadas fechas,
en esos últimos días del mes de diciembre, en Castilla estuvieran concluyendo
un año y en la Corona de Aragón, se hubiera iniciado el año siguiente ¡estando
en el mismo día!
¿Cuándo se cambió la fecha en el Reino de Valencia? Las
actas del Ayuntamiento de Segorbe son muy reveladoras al respecto y en ellas se
puede ver que en 1707 y anteriores, el 24 de diciembre es de un año y el día
posterior, 25 de diciembre, ya es del siguiente año. Así pues, el cambio se
produjo con la llegada del año 1708. Para ajustar este cambio de fechas se dio
la curiosa y singular circunstancia de que los días comprendidos entre el 25 y
el 31 de diciembre del mismo 1707 se repitieron. Los primeros tras finalizar
1706 –como era normal hasta ese momento- y los segundos como conclusión de 1707
–para acoplar el inicio del año siguiente al 1 de enero-, por lo que este año
de 1707 tuvo 372 días, siete más que el año natural. Y consecuentemente 1707
tuvo dos navidades.
Tanto el Reino de Valencia como el de Aragón se
vieron obligados a realizar este cambio como consecuencia de la Guerra de
Sucesión y el Decreto de Nueva Planta con la abolición de los fueros
valencianos y aragoneses del 29 de junio de 1707 promulgado por el rey Felipe V
en el que establece su deseo “de reducir todos mis
Reinos de España a la uniformidad de unas mismas leyes, usos, costumbres y
tribunales, gobernándose igualmente todos por las leyes de Castilla, tan
loables y plausibles en todo el universo, abolir y derogar enteramente como
desde luego doy por abolidos y derogados todos los referidos fueros,
privilegios, prácticas y costumbres hasta aquí observadas en los referidos
reinos de Aragón y Valencia”.
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