Ermita del Canyamelar. / EPDA¡Doscientos cincuenta años! ¡Un cuarto de milenio! Mucho tiempo es este, pero ¿de qué estamos hablando?
Pues, de una modestísima edificación situada en la orilla del mar Mediterráneo, en la misma playa de Valencia: una pequeña ermita dedicada a la Virgen del Rosario, rodeada, desde su fundación, por igualmente modestísimas barracas de pescadores erigidas en un asentamiento al norte del Grao, conocido desde el siglo XVI como “las barracas” y, de manera fehaciente desde 1751, como Canyamelar.
La ermita fue proyectada por el arzobispo de Valencia don Andrés Mayoral (1685-1769) para atender al grupo de familias que durante la temporada de pesca se instalaban en sus chozas y barracas en la playa. No hay datos sobre el año en que comenzó su construcción, pero sí hay unanimidad entre los distintos autores que se han ocupado de ella para fijar 1774 como el año de su terminación.
El nefasto 2024 afortunadamente se nos va, pero no sería justo despedirlo sin colgarle, como castigo, una buena noticia: aquella humilde ermita marinera ha sobrevivido hasta hoy, cumpliendo un cuarto de milenio y deviniendo, desde 1903, importante parroquia del distrito Poblats Marítims de la ciudad de Valencia.
Doscientos cincuenta años de servicio ininterrumpido a una comunidad dan para mucho y bien merecen una celebración, aunque sea a través de un modesto artículo periodístico.
Por sus dos puertas y, durante casi un siglo, entraron en brazos de sus padrinos y salieron en un ataúd los hijos e hijas del Canyamelar y el Cabanyal, hasta que la iglesia de Ntra. Sra. de los Ángeles, en el Cap de França, fue declarada Parroquia un 28 de abril de 1851.
Por sus dos puertas entraron hombres y mujeres decentes y, otros y otras, que no lo fueron tanto, pues, como es bien sabido, de todo hay en la viña del Señor.
También hubo entre sus pastores hombres de toda condición, desde el abnegado y caritativo vicario que, en el invierno de 1819, compró con los seis mil reales de vellón que le proporcionara la Real Sociedad Económica de Amigos del País de Valencia, ropa y camas para los muchos enfermos de “calenturas contagiosas” del Canyamelar y Cabanyal, víctimas además de una extrema pobreza por haberse prohibido la pesca de parejas de bou en nuestras costas, su casi exclusivo medio de vida.
O el carismático y aún hoy recordado reverendo Luís Navarro Oliver (1844-1911), cuyo comportamiento, aún a riesgo de su vida, durante la penúltima y más mortífera epidemia de cólera morbo que padeció la ciudad de Valencia y sus aledaños en 1885, le valió la concesión de la Orden de Beneficencia por la Diputación Provincial de Valencia, que solía lucir orgulloso encima de su vieja y ajada sotana. Murió el padre Luís en la más extrema pobreza.
Contrasta con los dos religiosos citados el Dr. Pascual Pérez, vicario de la ermita del Canyamelar en 1784. Allí fue detenido por agentes del Santo Oficio de la Inquisición, no comunicándole en principio la acusación hasta que no fue interrogado en profundidad. Al final de los interrogatorios se le leyó la causa: “crimen sollicitationis” o delito de solicitación, es decir, que en el transcurso de la confesión auricular al confesor, éste hace requerimientos o insinuaciones de tipo sexual a la penitente.
En el caso del Dr. Pérez, son tres los tribunales de la Inquisición los que intervienen: el de Barcelona, por la denuncia de Mariana Juliá, de 18 años de edad, valenciana y residente en Tarragona cuando ocurrieron los hechos en 1773; el de Valencia, por la delación hecha en 1775 por la religiosa Eusebia de la Virgen de la Buena Guía, de la Casa de las Arrepentidas, de 27 años de edad y, finalmente, el de Murcia, por la denuncia puesta en 1784 por Rosa Flecher, vecina de Guardamar, casada y de unos 27 años.
La primera decisión del Tribunal de Valencia fue: reclusión en las cárceles secretas del Santo Oficio y embargo de sus bienes hasta que concluyera el proceso. Hay que decir que la expresión “cárceles secretas” se refiere a un tipo de reclusión en la que toda relación del reo con el exterior estaba prohibida. Tal confinamiento podía durar —desde luego no por un delito como el de solicitación, sino por otros de mucho más calado para el tribunal— semanas, meses o años.
La conducta del rijoso vicario hubiera contrariado tremendamente al citado arzobispo Mayoral, pues fue él quien dispuso que la Ermita del Rosario contara con dos puertas en su modesta fachada (reproducida por A.J. Cavanilles en su “Observaciones sobre la Historia Natural, Geografía, Agricultura, Población y Frutos del Reyno de Valencia” . Madrid, 1795. Libro II), una para uso de los hombres y otra para las mujeres, llegando su celo moralista, según el historiador Martínez Aloy, a mandar construir “una pared que desde los pies de la iglesia partía la misma hasta llegar al presbiterio” para mantener los sexos separados en el interior (J. Martínez Aloy, "Geografía General del Reino de Valencia". T. I Provincia de Valencia, pp. 879-880. Barcelona s/f.).
Aquella modesta ermita cañamelera ha pasado por todo: hambres, pestes, guerras y revoluciones, pero, aquí está, erguida, bella, marinera, dando servicio religioso y social al pueblo desde hace un cuarto de milenio.
¡Feliz 250 aniversario!
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