La Asociación
Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales
(Anpba) ha
solicitado formalmente al Ayuntamiento
de Sagunto que no
autorice, en 2013, la suelta
de patos de las fiestas de Puerto de Sagunto, evento en el que los patos "son echados al mar para
ser perseguidos y capturados por el gentío a nado, siendo que
estos espectáculos generan a los animales enorme sufrimiento, estrés
y angustia, como ha determinado ya una recomendación del
Consejo de Europa transpuesta a nuestro ordenamiento jurídico en
2005 mediante un Real Decreto", afirman desde la plataforma.
Y
es que, en agosto de 2012 Anpba interpuso ante el Ayuntamiento de Sagunto un recurso
potestativo de reposición
contra la autorización
otorgada
por dicho Consistorio a las peñas de Puerto para la
realización de la suelta de patos de agostode 2012,
recurso que fue inadmitido por el Ayuntamiento en septiembre de
2012.
Recurso admitido a trámite.
Esto
motivó que Anpba acudiera entonces ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Valencia, interponiendo un recurso contencioso administrativo contra
la autorización concedida por el Ayuntamiento de Sagunto a las peñas
para realizar la suelta de patos al mar de 2012.
Dicho recurso
contencioso-administrativo fue admitido a trámite por
los Juzgados en noviembre de 2012, y el procedimiento se
encuentra actualmente en curso.
Por
ello, la Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de
los Animales ha solicitado formalmente al Ayuntamiento de
Sagunto "que tenga a bien no autorizar ninguna suelta de
patos al mar en 2013, en caso de que dicha autorización le fuese
solicitada, y todo ello "en
atención a que en la actualidad el asunto se encuentra sub
iudice", es
decir, pendiente de que, en su día, se dicte resolución
judicial (sentencia) al respecto.
Anpba mantiene que este espectáculo "genera enorme sufrimiento, estrés y
angustia a los patos y los somete a maltrato y tratamientos antinaturales, como ya determinaron
sentencias en 2006, 2007 y 2009, tanto de los Juzgados de
lo Contencioso Administrativo de Valencia como del Tribunal
Superior de Justicia dela Comunitat Valenciana (TSJCV), dando
la razón a los planteamientos de Anpba".
"Y,
si bien es cierto que en 2010 hubo una modificación legislativa
en materia de espectáculos, en ella se han mantenido, como bienes
jurídicos protegidos,
las prohibiciones de someter a los animales tanto a maltrato como a tratamientos antinaturales, según lo prevenido en
el artículo 3.3 de la Ley 14/2010 y el artículo 4.c del Decreto
52/2010, ya que, en lo relativo a las prohibiciones, la
intención
del Legislador
(Cortes Valencianas) al aprobar la nueva Ley 14/2010 de
Espectáculos, fue que el concepto maltrato abarcara todo
comportamiento que implicara un mal para los animales, incluyendo
también los tratamientos antinaturales", argumentan desde la protectora.
Anpba recuerda, una vez más, que "el orden
jurisdiccional contencioso-administrativo
ya ha determinado, mediante sentencias firmes, que echar patos al mar
somete a maltrato y tratamientos antinaturales a los animales".
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