La consellera de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, Rosa Pérez Garrijo, a su llegada a la rueda de prensa ofrecida esta viernes tras la sesión plenaria semanal del gobierno valenciano. /EFE /Biel Aliño El Consell ha aprobado dos sanciones impuestas por la Inspección de Trabajo que suman 611.872 euros a un autónomo de Valencia por una infracción muy grave al no contar con acreditación para el servicio ajeno de prevención de riesgos laborales y a una empresa de servicios por vulnerar la ley sindical.
En el primer caso, la cuantía de la sanción asciende a 491.866 euros por una infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales por parte de un autónomo.
El sancionado llevaba a cabo la realización de las funciones propias de un servicio de prevención de riesgos laborales ajenos en empresas del sector de clínicas dentales y actividades odontológicas sin contar con la preceptiva acreditación o autorización para ello.
Dicha actividad la ejercía al menos desde el año 2011 y hasta el año 2022, por lo que, según la normativa vigente, se sancionará en el máximo de la calificación que corresponda toda infracción que consista en la persistencia continuada de su comisión.
La otra sanción, de 120.006 euros, se ha impuesto a una empresa del sector servicios por una infracción administrativa muy grave en materia de relaciones laborales debido a los retrasos reiterados en el pago del salario debido a los trabajadores.
En este expediente se ha considerado la intencionalidad de la empresa, habida cuenta el elevado número de ocasiones en que, desde el 17 de agosto de 2022, se viene negando a la Inspección el derecho a información y el acceso a las instalaciones de la empresa.
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