El grupo parlamentario Compromís, ha
presentado hoy ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana
una querella criminal contra el Presidente de Les Corts, Juan Cotino, por presunta
prevaricación y vulneración de los derechos individuales en la elección del
Consell Valencià de Cultura (CVC) el pasado 14 de julio.
La diputada Mónica Oltra ha explicado
en rueda de prensa que “mientras el equipo jurídico de Compromís preparaba un
recurso ante el Tribunal Constitucional por las irregularidades en la elección
del CVC se dieron cuenta de que la actuación del Presidente de Les Corts puede
tener también consecuencias penales y en ese sentido hemos emprendido esta
acción judicial, porque desde Compromís no estamos dispuestos a que se vulneren
nuestros derechos de la forma en que se hizo en ese pleno de Les Corts”.
Según indica Compromís en su querella,
de los 21 miembros que tenían que haber resultado elegidos en la votación del
CVC, sólo lo fueron 19, debido a la renuncia por incompatibilidad de Josep
Martí García (candidato propuesto por el grupo socialista), y debido también a
que el candidato propuesto por Compromís, Joan Francesc Mira i Castera,
únicamente recibió 45 votos, cantidad insuficiente para resultar electo por no
alcanzar los dos tercios del total de diputados que integran las Cortes
Valencianas.
Resulta que, para la elección de los
integrantes del CVC, se utilizó un sistema de votación y escrutinio irregular
por inaplicación del art. 178.3 del Reglamento de las Cortes Valencianas a
aquellas elecciones que se deben producir por mayoría cualificada, al
permitirse abrir la lista y proclamar a los candidatos más votados.
En efecto, esta manera de votar y
efectuar el escrutinio en el caso del CVC llegó a producir el anatema jurídico
de proclamarse sólo 19 de los 21 miembros a elegir. Si se permite abrir en la
votación una lista consensuada de candidatos para un órgano que requiere
votación por mayoría cualificada como es el caso del CVC y en el escrutinio
unos candidatos obtienen los 2/3 requeridos y otros no, entonces no deben
proclamarse los candidatos que sí hubieren obtenido dicha mayoría, como hizo la Mesa de las Cortes
Valencianas, sino que lo que procede es la aplicación de lo dispuesto al efecto
por el artículo 178 RC ,apartados 4 al 8, que entre otras cuestiones señala que:
Si en la primera votación no se
cubrieran los puestos con los requisitos a que se refiere el apartado anterior,
se realizará una segunda votación entre los candidatos que no hayan alcanzado
la mayoría requerida. Segunda votación que nunca se produjo.
Según Oltra “Juan Cotino incurrió en prevaricación
por tomar una decisión injusta a sabiendas de que era injusta, porque el
reglamento de Les Corts es muy claro respecto a las sucesivas votaciones si no
son elegidos todos los miembros del CVC a la primera y además, como consta en
el diario de sesiones, desde Compromís le advertimos allí mismo de la
irregularidad que iba a producirse”.
Los artículos 404, 405 y 542 del
Código Penal, que son los que Compromís solicita que se apliquen, tienen penas
de multa de tres a ocho meses e inhabilitación especial para empleo o cargo
público de un máximo de diez años. Además, en la querella se pide que se
aplique el agravante de discriminación por razones ideológicas que prevé el
código penal.
“Cotino actuó como un sheriff del
salvaje oeste, aplicando la ley como a él y a su partido le convenía. Desde
Compromís ya hemos dicho en muchas ocasiones que no vamos a consentir que
pisoteen nuestros derechos, que son también los derechos de los ciudadanos, y
en ese sentido vamos a seguir acudiendo a la justicia cada vez que se cometa
una ilegalidad”, ha señalado Oltra.
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