Imagen de archivo de un coche de la Policía Nacional Un joven ha sido condenado a ocho años de prisión por agredir sexualmente a su excompañera sentimental en Formentera del Segura (Alicante) en octubre de 2017, según una sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial.
El tribunal considera probado que el acusado, de 22 años, abusó de su expareja, con quien había conseguido mantener una relación de amistad después de la ruptura sentimental, tras pasar una noche de fiesta en la que estuvieron visitando varios pubs del citado municipio.
Los hechos tuvieron lugar a partir de las 19 horas del 28 de octubre de 2017.
Según la resolución judicial, el acusado, su expareja y una amiga de ambos decidieron acudir a un lugar apartado y poco iluminado, situado en las proximidades de un taller mecánico. Los tres estuvieron en ese sitio charlando y bebiendo, hasta que el primero le comentó a la amiga en común con la víctima que se marchase porque quería estar a solas con ella.
En ese momento, el joven le dijo a la víctima que se quitase la camiseta. Como ella se negó, comenzó a darle tirones en el pelo. Después, le pidió que se quitase el sujetador. Al oponerse, fue él quien se lo retiró. Luego, según el fallo, la cogió de la cabeza y la forzó a practicarle una felación, en contra de su voluntad.
Más tarde, le pidió a la víctima que se quitase el pantalón y la ropa interior, a lo que ella obedeció "sin dejar de llorar por el miedo que le tenía", relata la sentencia.
Así, el acusado mantuvo relaciones sexuales con penetración con ella para, posteriormente, marcharse y dejarla sola en el suelo, hasta que unos chicos que pasaron por el lugar del suceso escucharon sus gritos de auxilio y le prestaron ayuda.
El procesado reconoció en el juicio, celebrado el pasado 12 de abril, que había mantenido relaciones sexuales con su expareja, pero aseguró que fueron consentidas y que no le obligó a realizar nada que ella no quisiera.
Alegó que no ejerció violencia ni intimidación y que su expareja no puso objeción a practicar sexo.
No obstante, el tribunal descarta su relato exculpatorio a la vista del testimonio de la víctima y de las declaraciones de los agentes de la Guardia Civil y de la Policía Local que la atendieron al presentar la denuncia, así como del contenido de los informes forenses elaborados tras el reconocimiento de la joven.
La sentencia incide en que la versión ofrecida por la víctima fue "persistente" a lo largo de todo el procedimiento, por lo que le confiere credibilidad, al no existir "razones para entender" que concurriese un "ánimo de perjudicar al acusado".
Añade que los informes médicos elaborados tras su reconocimiento también corroboran su declaración y objetivan las lesiones provocadas durante la agresión sexual.
Además de la pena de privación de libertad, la sentencia establece que el condenado deberá indemnizar a la víctima con el pago de 15.000 euros por los daños morales ocasionados y le absuelve del delito de lesiones del que también se le acusaba.
Por otra parte, el tribunal rechaza aplicar la agravante de parentesco demandada tanto por la Fiscalía como por la acusación particular, en alusión a la relación sentimental mantenida entre el acusado y la víctima.
A este respecto, la Audiencia de Alicante concluye que "una relación común de noviazgo ya finalizada, que se prolongó durante nueve meses, sin convivencia en ningún momento", no determina la aplicación de esa agravante.
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