El
sindicato CSI·F ha ganado una sentencia por medio de la cual el
Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana
declara nulo el despido colectivo de 18 trabajadores de la Fundación
CV Hospital General Universitario para la Investigación Biomédica,
Docencia y Desarrollo de las Ciencias de la Salud (FIGHU). El
dictamen judicial considera demostrado que estos empleados
trabajaban, en la práctica, para Sanidad y que se produjo “una
cesión ilegal”.
La
Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI·F) señala que
el 7 de abril de 2016 la Conselleria de Sanidad comunicó a FIGHU que
daba por finalizado el contrato del programa REFAR. El 3 de mayo la
citada fundación puso en conocimiento de los empleados el inicio de
un procedimiento de despido colectivo. Los trabajadores pidieron que
asistiera la Conselleria como entidad contratista a la negociación,
un hecho que no se produjo. La fundación decidió finalmente
despedir a 18 empleados, al no alcanzar un acuerdo.
CSI·F
recurrió el despido colectivo y pidió su nulidad argumentando que,
en la práctica, los trabajadores realizaban su labor para
Conselleria de Sanidad y no desarrollaban una tarea exclusivamente
formativa, como en teoría fueron contratados por la Fundación. El
sindicato explica, entre otras razones, que disponían de correo
electrónico con dominio gva, que recibían instrucciones de
departamentos de Conselleria, que también les firmaba las
vacaciones.
La Sala
de lo Social del TSJ constata, y así lo refleja en la sentencia, que
“las funciones realizadas por los trabajadores adscritos al
programa REFAR excedían con mucho las concretas actividades
formativas a que debía circunscribirse su labor”. También recoge
que “desempeñaban labores integradas en la propia actividad de la
Administración, desligándose de la justificación de la
contratación para una labor concreta y solo formativa”.
Recalca
además que “no existe una diferenciación entre las funciones
desempeñadas por los farmacéuticos del Área de Salud (FAS) y los
adscritos al programa REFAR”. Incluso estos últimos desarrollaban
su labor en dependencias de Conselleria de Sanidad. Por tanto,
sentencia que “concurre la cesión ilegal denunciada por los
demandantes, pues la Fundación se limitó a poner a disposición de
Conselleria la mano de obra”. En consecuencia, declara nulo el
despido y obliga a la Fundación a readmitir a los 18 trabajadores.
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