Hospital de La Ribera de noche. EPDA
La
Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha
desestimado el recurso presentado por la UTE Ribera Salud II contra
la decisión de la Generalitat de recuperar la gestión pública
directa del hospital de Alzira y la atención sanitaria integral en
ese departamento de salud.
La
sentencia, notificada este jueves a las partes y contra la que cabe
recurso ante el Tribunal Supremo, afirma que "La
Administración no está obligada a seguir ningún procedimiento para
dar por finalizado un contrato por vencimiento de plazo, al menos
desde un prisma teórico".
De
acuerdo con lo estipulado en el contrato, no cabía su prórroga
tácita y, a falta de acuerdo entre ambas partes, "la
Administración podría haber llegado el día 30 y poner en
conocimiento de Ribera Salud II que al día siguiente se haría cargo
del hospital y zona sanitaria", precisan.
El
tribunal rechaza pronunciarse sobre la gestión desarrollada por
Ribera Salud II porque "no guarda relación con el objeto del
proceso", ni tampoco sobre si es preferible una gestión directa
o indirecta de los servicios públicos, pues ambas fórmulas son
legales.
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