Masia del Espinar. / Archivo JSMSEn la Visita de la Parroquial a la Iglesia de Santa Bárbara del Lugar
de Casino en el año de 1807 se lee: “CARGO: Primeramente se advierte
que las cuentas de los años mil setecientos noventa y tres hasta mil
setecientos noventa y siete ambos inclusive, en que dejó la Vicaria el
Dr. D. Damián Fuster están dadas y presentadas por el dicho Fuster, en
el Expediente que se ha seguido contra el referido Fuster en los
Tribunales de la Curia eclesiástica de Valencia y Rota Matritense por
los vecinos de ese pueblo y el actual Vicario D. Vicente Aznar y las
resultas de dicho expediente se hallan sentenciadas por dichos
tribunales, transigidas y concordadas por dichos con escritura ante
Bernardo Gómez Bustamante, Notario Mayor de la Curia eclesiástica de
Valencia a los veintiún días del mes de mayo del año mil ochocientos y
cinco entre los referidos Dr. Fuster y D. Vicente Aznar por la
cantidad de setecientas setenta y ocho libras, por cuya razón mandó su
Señoría, se pasase al examen y vista de las comprensivas desde el año
mil setecientos noventa y ocho hasta mil ochocientos y seis ambos
inclusive, dadas por los Fabriqueros, Pasqual Navarro, Pasqual Moreno,
Julián Muñoz Maior, Francisco Murgui de Josef, Josef Murgui y Civera y
el referido Vicente Aznar …”
Casinos y la importancia de las Masías núcleos de población dispersos.
En 1790 ya se censan las Masías y sus habitantes como parte
integrante de la Parroquia del Más de Casinos. Este hecho que parece no
tener importancia, a la vista de los estudios realizados es un hecho
decisivo a la hora de conseguir la independencia de Liria.
No podía acceder Liria a que Casinos tuviera el término según la
ubicación de las masías. En las páginas que podremos ver los “planos
geométricos por términos municipales mandados formar por la ley de 27 de
marzo de 1900” apreciamos la extensión del término de Liria, y sabemos
por los escritos de Juan Rocher, lo que costó delimitar el término y
finalmente conocemos el término que consiguió Casinos cuando
definitivamente en 1846 se independizó de Liria. Estas eran las Masías
de Casinos:
1-Masia de Muñoz a la parte del Espinar a la parte del término de
Olocau: Dos casas y siete habitantes. 2-Masia del Espinar propia de
Miguel de los Reyes a la parte de dicho territorio del término de
Alocau: Dieciséis habitantes, de los cuales trece llevan el epígrafe de
“criado” 3- Masia de Carlos cerca del Espinar: Tres habitantes. 4-Masia
del Rosario a la parte de arriba cerca del termino de Alcublas, dos
casas con seis habitantes (4+2) y una “Masia” con dos habitantes. 5-
Casas de dicho anexo Agustín: Nueve Casas Numeradas de la 10 a la 18:
Treinta y nueve habitantes. 6-La Casa masía de la Cartuja de Portaceli a
la parte de debajo de Alcublas, numerada con el Numero 19 y
veinticuatro habitantes. 7- Masía de Juan Muñoz a la parte del término
del Villar, cinco habitantes. 8- Masía del Juez Pagan a la parte del
termino de Bugarra: seis Habitantes.
Consideraciones al plano del término de Liria:
En el Plano Nº 147- 460454 existe la raya del término de Liria con
Casinos, Villar del Arzobispo, Andilla y acaba uniendo con la zona
primera (Camino viejo de Alcublas). Al ver este plano se distinguen una
serie de partidas pertenecientes y trabajadas por los vecinos de
Casinos.
Entre Rambla de Artaj y Camino Yesa: El Balconet, Oran, Bodegas de
mundo nuevo, Cañada de las Nogueras, Maset de Capa, Masia del Poll,
Bodega de Gea.
Entre el Camino Yesa y Camino vecinal de Alcublas a Casinos: Las
Carreteras, Mas de Agustín (Agustí), Cañada del lobo, Bodegas de Santa.
Santa, Corral del Seco, El meador, Virola, La tabaira, Travesía de
Virolas y corral del Capón, Corral del Capon, La franchina, Corral de
Ambrosio.
Camino vecinal de Alcublas a Casinos y Camino del Arzobispo o de
Casinos a Olocau: Rambla de Los Frailes, Barrales, Lastras del tío
Perico, El campo, Genovés, San José, Senda de Oliveros, Maset de
Joaquín, Balsa Serrana, Murgui, Fardeta, Clochas de Diago, El armelar,
Chaques, Corral de rata, Cañada del Conde, Alchup de Bernabe, por citar
algunas de las partidas.
I Solicitud de Villazgo.1804
Según se aprecia en los antecedentes de la solicitud de Villazgo que
piden la Junta de Fábrica en 1810, hay una concesión anterior que copio
el párrafo a continuación:
“Y de acuerdo de la Cámara, se pidió informe en 7 de febrero de 1804 a
la Audiencia de Valencia, quien formó el expediente instructivo oyendo
al ayuntamiento de Liria, al dueño jurisdiccional, al corregidor del
partido y al fiscal y sustanciado consejo, a derecho ejecutó la Real
Audiencia en 31 de octubre siguiente, el informe favorable y,
encontrando la Cámara, méritos suficientes para la concesión de la
gracia, consultó a su Majestad y le fue concedida bajo el competente
servicio; que la necesidad en bastante caudal para los gastos
indispensables fue causa de que no disfrutasen de ella, hasta que
pudiesen juntar anualmente, y sin menoscabo al vecindario, lo necesario
al intento, y siguiendo las mismas causas que los estimularon a la
indicada solicitud, suplican se mande expedirles la correspondiente
carta de privilegio de villazgo, ofreciendo satisfacer el servicio que
deben hacer por él en diez años a plazos iguales, estando como están
prontos a prestar la caución y seguridad que se estime, obligándose de
hacerle en la tesorería de ejército, en aquel reino”.
Por tanto en el intento frustrado de 1804, de la gracia de villazgo,
no puede llevarse a término por no disponer del caudal económico
suficiente que ha de tributar Casinos para obtener el título concedido.
En mi modesto pensar y a la vista de los hechos conocidos sabemos que
los vecinos del Más de Casinos, se enfrentan con diferentes pleitos y
gastos. Por ejemplo el pleito contra D. Damián Fuster, por no dar
cuentas sobre la construcción de la nueva iglesia y venta de terrenos,
otros pleitos contra Liria, y sobre todo que esos años se termina la
construcción de la iglesia parroquial y se construye el nuevo
cementerio.
¿Qué personas de Casinos hacen posible esta demanda?
Encontramos en el Archivo Metropolitano Arzobispado de Valencia en el
año 1803 que “Don Vicente Adsuara presbítero vicario de la aldea de
Casinos, Josef Murgui y Llabata, Pasqual Niñerola, y Pasqual Moreno,
electos del común de vecinos de la misma sobre patronazgo de la Yglesia
de la Aldea de Casino.
Un hecho que aporta luz es que en 1804, (abril-agosto. Liria) existe
una instancia realizada por José Murgui, Mauro Sancho, Pasqual Moreno y
Pasqual Niñerola por el uso abusivo que pretende hacer Francisco
Espinosa, tejero, del agua de las balsas que abastecen a Casinos. (Josef
Murgui, menor; Mauro Sancho; Pasqual Moreno y Pasqual Niñerola,
labradores y vecinos de la aldea de Casino y electos del común para
quantos negocios se ofrezcan)
En 1805, se dicta sentencia sobre el pleito que el pueblo de
Casinos insta contra el que había sido el primer vicario de la Parroquia
de Santa Bárbara cuando la fundó D. Francisco Fabián y Fuero. Este
pleito se inicia en 1799, aunque los hechos arrancan algunos años antes,
y es sobre dación de cuentas de Don Damián Fuster, de la lectura del
informe de los auditores, hay que destacar que el Arzobispado de
Valencia compró unos terrenos a petición de los moradores de Casinos
para cultivar en ellos granos y posteriormente invertirlo para la
fábrica de la parroquia, hecho este que no se produjo. Don Damián
Fuster, vicario de la parroquia, hizo caso omiso a estas instrucciones,
invirtiéndolo en la construcción de una casa que fue la casa abadía, y
que más tarde (posiblemente cuando cesó como vicario de Casinos y tomó
posesión de la parroquia de Aldaya) vendió a Vicente Porter, que era
médico del Villar.
Ante esta apropiación indebida de los recursos de la parroquia, los
habitantes de Casinos, capitaneados por Francisco Ribelles (Maestro
Cirujano) así como por las otras familias, Josef Murgui, Menor, Pasqual
Navarro, Pasqual Moreno y Pasqual Niñerola, interpusieron el pleito que
finaliza en esta fecha.
En 1805 existe otro pleito cuyo título es “Lio 251 11” D. Vicente
Adsuar, Presbitero Vicario de la Yglesia de la Aldea de Casino. “Que
por una solemne reciente executoria se ha declarado distinta y separada
de la Yglesia Parroquial de la villa de Liria la de la aldea del mas de
Casino y que los daños rectorales adeudados por sus feligreses
parroquianos habitantes en el poblado de la Aldea y moradores en esas
pertenecen privativamente al Vicario mi principal, los derechos de
fábrica y demás correspondiente en los funerales y otras funsiones de
los parroquianos”
Se construye el Cementerio Parroquial en las inmediaciones de la rambla de Artaj.
El día 3 de agosto de 1809 fallece Josef Cotanda, Alcalde pedáneo, que estuvo casado con Rosa Niñerola.
El 21 de diciembre de 1809 fallece Julián Muñoz.
De esta lectura, se aprecia claramente quienes fueron los soñadores
que hicieron posible que Casinos fuera pueblo. Que honrar su memoria,
sea el motor que avale la historia de Casinos, que con la voluntad
férrea y el honor de Juan Rocher y Andrea Murgui, se convirtió años más
tarde en realidad.
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