El
Consistorio buñolense, a través de la concejalía de Bienestar Social, informa
de la ampliación de ayudas sociales extraordinarias
de carácter temporal dirigidas a familias de la localidad que se hayan
visto perjudicadas por la actual situación derivada del COVID-19.
El edil
responsable del área confirma que el objetivo es proteger a todas aquellas
personas afectadas directa o indirectamente por el Covid-19. Según explica
Xerri, estas ayudas podrán ser solicitadas por cualquier persona que esté
afectada por este motivo como pueden ser trabajadores por cuenta ajena en
situación de ERTE o en desempleo, “así como cualquier otro colectivo que debido
al actual estado de paralización de la economía pueda ser susceptible de
recibir esta ayuda puntual”.
Carles
Xerri confirma que estas ayudas ya se pueden solicitar llamando al 96 250 30
85, que es el teléfono de los Servicios Sociales Municipales. En este sentido
han informado que salvo urgencias la atención al público continua restringida,
por lo que deberá hacerse vía telefónica. Desde el departamento les explicarán
a las personas solicitantes todos los pasos a seguir.
Requisitos de los solicitantes
Estas
ayudas pueden solicitarlas aquellas personas que no dispongan de recursos
suficientes para afrontar los gastos derivados de la situación de emergencia por la Covid-19, a partir del Estado de Alarma que comenzó el 14 de
marzo de 2020; y que no tengan ninguna otra ayuda ni prestación para la misma
finalidad concreta para la que se otorga, por organismo público o privado; y /
o que la unidad familiar carezca de ingresos y recursos económicos suficientes
para hacer frente a las necesidades básicas.
Documentación
Se
aportará la solicitud en el modelo normalizado y la documentación correspondiente
que le especificará Servicios Sociales a través de la llamada de teléfono,
según sea la situación familiar. Cuando esté comprobada toda la documentación por
los Servicios Sociales Municipales, se presentarán los originales por Registro
de Entrada del Ayuntamiento de Buñol.
Una vez concedida la ayuda correspondiente, se abonará mediante transferencia
bancaria, habiendo aportado el modelo de Domiciliación Bancaria.
Carles
Xerri recuerda que los beneficiarios de las ayudas deberán aportar justificante
de realización del gasto que ha provocado la emergencia objeto de la ayuda en
los términos que se establezcan a tal efecto, de los cuales serán informados
por parte del personal de los servicios sociales municipales.
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