Semana decisiva para el bienestar y la salud de la familia Rambla Panach. Después de 9 años de conflictos con el Ayuntamiento de Canet d’En Berenguer, un rayo de esperanza se ha colado sobre el hogar de esta familia.
Aunque la semana comenzaba con un escrito presentado por el ex concejal socialista, Joaquín Rambla, pidiendo la recusación del secretario municipal del Consistorio y la incoación de un expediente disciplinario ‘‘por la comisión reiterada de faltas muy graves’’ por ‘‘clara animadversión manifiesta’’ en todo el proceso que se arrastra desde el 30 de octubre de 2002, varias reuniones del afectado con el alcalde, Leandro Benito, y el propio secretario municipal, ha motivado un cambio de actitud hacia Rambla, según ha explicado éste a El Periódico de Aquí, hasta el punto de considerar que hay buena predisposición por parte del Ayuntamiento para resolver un conflicto urbanístico que después de 9 años estaba a punto de arruinar a una familia honrada y trabajadora de este municipio de Canet, amén del desgaste físico y mental tras una década de desencuentros con el Consistorio.
Todo comenzó en 2001, antes de que Joaquín Rambla se presentara como cabeza de lista del PSPV en las elecciones municipales de 2003. En 2001 se aprobó un PAI a Porto Canet y el 16 de diciembre d 2002 se aprobó el convenio urbanístico.
Según explica Rambla, la Conselleria de Urbanismo reclamó en varias ocasiones el expediente y otros documentos necesarios para darle el visto bueno definitivo. Pero nunca llegó el expediente completo y diligenciado por el secretario municipal ‘‘que comprenda del proyecto para dar la cobertura legal urbanística a la propuesta presentada’’, como recordaba el 11 de noviembre de 2005 la jefa de Sección de Planeamiento Urbanístico.
El día 24 de ese mes el pleno municipal concedía la urbanización a Fincas Monfort, pese a que la Conselleria reclamaba por fax ese mismo día el expediente íntegro diligenciado. Pese a que el fax llegó a las 14.06, como consta en el registro de entrada del Ayuntamiento, el punto del PAI no se retiró del orden del día del pleno convocado a las 20 horas.
Según denuncia Rambla, se tardaron 40 meses en lugar del mes preceptivo en enviar el expediente a doble hoja diligenciado del PB2 Sur.
Además de la pérdida de la urbanización, el retraso en la finalización del PAI le ha supuesto a Rambla un recargo del 20%, una cantidad superior a los 140.000 euros que ahora se está negociando al considerarse que es consecuencia de la demora del Ayuntamiento.
Socialista
Rambla fue concejal del PSOE en mayor de 2003 y en septiembre abandonó el Ayuntamiento al registrarse una incompatibilidad con su actividad como urbanización, sentencia del TSJ que Rambla recurrió al Tribunal Supremo, que se inhibió de la causa y no sentenció, ‘‘lo que me genera una gran indefensión’’, ha explicado. En octubre de ese año se declaró otra incompatibilidad por unos trabajos eléctricos de su empresa, aunque en este caso ni siquiera ha habido sentencia alguna.
Preguntado el alcalde por este conflicto antes de que se sentaran a negociar, remitió a El Periódico de Aquí un escrito enviado a la Conselleria en el que defiende la honorabilidad del secretario municipal en los siguientes términos: ‘‘Sin entrar en mayores detalles, y como se acredita con el informe conjunto adjunto, simplemente manifestar que a juicio del que suscribe no existe motivo legal alguno para lo anterior. Al contrario existen los siguientes antecedentes: una Sentencia firme del Tribunal Supremo que establece la incompatibilidad del Sr. Rambla para ser concejal de este Ayuntamiento por el PSOE; otra Sentencia firme del Tribunal Supremo por la que se declara bien adjudicado a Fincas Monfort SL. el PAI del Sector PB2; un acuerdo del Plenario del Ayuntamiento por el que se aprueba la propuesta de reparcelación del Sector PB2 que no es sino la propuesta por el agente urbanizador previos los trámites correspondientes y alegaciones oportunas (entre las que no existe la ahora alegada por el Sr. Rambla) y donde consta expresamente el referido proindiviso y demás circunstancias que el Secretario se limita a certificar; sendos informes de la Interventora –Tesorera y del Organo de Recaudación referentes a la legalidad del cobro en via de apremio del 20% establecido en la Ordenanza Fiscal reguladora; y en último lugar que contrariamente a lo dicho jamás el Pleno del Ayuntamiento aprobó inicialmente la ordenación estructural del pretendido sector PB2 Sur presentado por el Sr. Rambla cuando ya se había tramitado la adjudicación al único sector del PGOU existente, luego mal se podía remitir a la Consellería para su aprobación definitiva lo no aprobado inicialmente’’.
Concluye el escrito el alcalde ensalzando la inmensa figura del secretario municipal, alabado aquí y acullá: Y en ultimo lugar manifestar que tal solicitud la consideramos una ofensa a la dignidad de D. JOSE ANTONIO SANCHO SEMPERE que ha recibido la felicitación acreditada de todos sin exclusión los Alcaldes y Presidentes de las Entidades Locales donde ha prestado sus servicios, desde el primero hasta el último que suscribe’’
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