Siguiendo
uno de los objetivos planteados para la presente legislatura, desde
el equipo de gobierno se ha querido profundizar más en los
beneficios fiscales para las familias numerosas empadronadas en
Picassent. De este modo, tal y como viene ocurriendo desde principio
de año, las personas que pagan el IBI urbana y sean titulares de
familia numerosa, tendrán una bonificación en la cuota íntegra del
impuesto, siempre y cuando cumplan el requisito de estar empadronadas
en la localidad y que la vivienda sea su residencia habitual.
Como
novedad, para este año para disfrutar de esta bonificación basta
con que la mayoría de miembros de la familia estén empadronados,
con la mitad más uno es suficiente. Asimismo, también hay que tener
en cuenta que no existe, como el año pasado, un plazo para presentar
la solicitud de bonificación. Se puede presentar en cualquier
momento y, en caso de otorgarse, la rebaja será efectiva desde el
período impositivo siguiente a aquel en que se solicite.
Respecto
a las cifras, el Ayuntamiento de Picassent tiene constancia, a través
de la asociación AVAFAM (Asociación
Valenciana de la
Familia
y las Familias
Numerosas), que en Picassent hay unas 200 familias, de las cuales, 60
ya
se beneficiaron el año pasado de la reducción planteada.
La
reducción del pago dependerá, como hasta ahora, del valor catastral
de la vivienda y de la categoría que tenga la familia numerosa, ya
sea general o especial. Cabe señalar que en esta ocasión se han
ampliado los tramos de valor catastral, lo que permitirá que un
mayor número mayor de familias se acojan a esta ventaja.
Consulta
las bonificaciones en el cuadro siguiente:
|
BONIFICACIÓN
|
BONIFICACIÓN
|
Valor
catastral
|
Familia
numerosa categoría general
|
Familia
numerosa categoría especial
|
Hasta
25.000 euros
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90%
|
90%
|
Superior
a 25.000 euros y hasta 35.000 euros
|
70%
|
80%
|
Superior
a 35.000 euros y hasta 50.000 euros
|
50%
|
60%
|
Superior
a 50.000 euros y hasta 65.000 euros
|
30%
|
40%
|
Superior
a 65.000 euros y hasta 80.000 euros
|
20%
|
30%
|
Superior
a 80.000 euros y hasta 100.000 euros
|
10%
|
20%
|
Superior
a 100.000 euros
|
5%
|
15%
|
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