Cucañas de las fiestas del Port de Sagunt. EPDAEl mar no es el "hábitat habitual" de los patos como ya sentenció en 2007 el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) dando la razón a ANPBA. Sin embargo, el 15 de agosto de 2012, con el beneplácito del Ayuntamiento de Sagunt gobernado entonces por el Partido Popular (PP), en el puerto de Sagunt se realizó una "suelta de patos al mar" en la que unos 120 patos fueron lanzados al mar desde una barcaza, para ser perseguidos y capturados por el gentío a nado. En el mar, los animales se debatían e intentaban huir, presas del pánico y el estrés.
Por ello, la Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales (ANPBA) interpuso denuncia administrativa ante la Generalitat Valenciana por tratarse de un espectáculo que consustancialmente inflige "maltrato" y "tratamientos antinaturales" a los animales; y si bien fue casi tres años después, el 5 de agosto de 2015, el Servicio de Espectáculos de la Generalitat incoó procedimiento sancionador al Ayuntamiento de Sagunt, finalmente resolvió, mediante oficio de 13 enero de 2016, «desestimar las alegaciones de ANPBA y EXIMIR de responsabilidad al Ayuntamiento de Sagunt», considerando que no había lugar imponer al Ayuntamiento una multa de 30.001 €.
Por ello, y tras haber agotado la vía administrativa, ANPBA interpuso demanda contencioso-administrativa contra la Generalitat ante los Juzgados de Valencia.
SENTENCIA: La Generalitat deberá multar al Ayuntamiento-
El 30 de junio de 2017 el Juzgado de lo Contencioso nº 5 de Valencia ha dictado sentencia por la que «ESTIMANDO el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Asociación Nacional para la Protección y el Bienestar de los Animales (ANPBA)», anula la Resolución de la Generalitat y establece «la existencia de responsabilidad del ayuntamiento de Sagunto respecto de la comisión de una infracción muy grave»motivo por el que«condena a la administración demandada a que proceda a imponer al citado ayuntamiento la sanción correspondiente por la comisión de la infracción muy grave reseñada, con condena en costas a las partes codemandadas»(Generalitat y Ayuntamiento de Sagunto).
Valoración.-
Aun cuando ANPBA ya felicitó en 2015 al actual equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Sagunto, encabezado por el Alcalde Josep Francesc Fernández, deCompromís, por eliminar la«suelta de patos»del programa festivo de agosto desde el mismo instante en que tomaron posesión del gobierno municipal, a ANPBA no le ha quedado otra opción que mantener en los Juzgados las demandas que en su día se vio obligada a presentar por las decisiones del anterior equipo de Gobierno municipal del PP, que mantuvo las "sueltas de patos" de los años 2011, 2012, 2013 y 2014, aun cuando cuatro sentencias, 3 de Juzgados de lo Contencioso de Valencia y una del TSJCV, habían dado la razón a los planteamientos de ANPBA en contra de la "suelta de patos". Como señala el Juez en está reciente sentencia, las actuaciones de ANPBA «se sitúan en el marco de una larga controversia en la que la asociación recurrente ha buscado erradicar el espectáculo denominado "suelta de patos al mar" por considerar que implicaba un trato antinatural o un maltrato a los animales».
Así, esta es la QUINTA SENTENCIA que, entrando en el fondo del asunto, da la razón a los planteamientos jurídicos invocados por ANPBA.
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