Los ciudadanos de Sagunto pueden
acogerse al Plan Personalizado de Pago y fraccionar de manera volountaria el
pago de tasas e impuestos municipales sin pagar intereses. Con el inicio de
año, el delegado de Hacienda, Sergio Muniesa, recuerda esta posibilidad debido
al acuerdo plenario por unanimidad, del 29 de octubre de 2013 que modificaba la
ordenanza fiscal de recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho
público local: “Hemos tomado esta
iniciativa a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y
facilitar el pago de impuestos para evitar que en un mes deterinado se descuadre
la tesorería familiar por tener que hacer frente al pago de un impuesto. De
esta forma, facilitamos que de manera fraccionada y sin intereses se pague una
cuota mensual, trimestral o semestral que suponga un menor esfuerzo para las
familias”.
Los interesados en acogerse a
este plan, podrán fraccionar el pago en 2, 4 o 10 cuotas. En el primer caso,
las cuotas se pagarían en los meses de febrero y septiembre. En el caso del
fraccionamiento trimestral, es en febrero, mayo, agosto y noviembre, y si son 10
cuotas, es todos los meses desde febrero a noviembre. Este plan afecta a 13
tasas o impuestos y a cualquier otro ingreso de derecho público y vencimiento
periódico que el ayuntamiento apruebe y que se paguen mediante recibos:
impuesto de vehículos de tracción mecánica, tasa de vados, IBI de naturaleza
urbana, IBI de naturaleza rústica, IAE, tasa de recogida de basuras, tasa de
quioscos, tasa de mercado exterior, tasa de mercado interior, canon concesiones
administrativas, tasa conservatorio y precio público huertos urbanos.
Los interesados solicitarán su
inclusión en el sistema y la modalidad elegida mediante una instancia oficial.
Para poder acogerse es obligatoria la domiciliación bancaria de las cuotas. El
importe se calculará en función de los padrones (listas de recibos de cada año,
de cada impuesto o tasa) del ejercicio anterior. Esto significa que la cantidad
a pagar no será la misma en todas las cuotas porque la actualización se
realizará a medida que se apruebe el padrón o lista de todos los recibos de
cada año de cada impuesto o tasa. Entre los requisitos necesarios para acogerse
al plan, se necesita que la suma de las
cuotas del año anterior sea superior a 300 € y que el importe mínimo de cada
cuota en caso de fraccionamiento mensual (10 cuotas) sea de 30 €; trimestral,
100 €; semestral, 200 €.
La vigencia del plan es
indefinida una vez hecha la solicitud y se prorroga anualmente. El
contribuyente podrá darse de baja en cualquier momento y pasar al régimen
general, con efectos para el año siguiente o para el mismo ejercicio. El
ayuntamiento podrá de oficio dar de baja en caso de impago o que la entidad
bancaria no atienda la domiciliación.
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