Infografía de los votos de la comarca. FUENTE INELos electores
residentes en el extranjero se han disparado en los últimos cuatro
años en el Camp de Morvedre. Si en las elecciones autonómicas de
2015 pudieron ejercer su voto 1.588 residentes en el extranjero de la
comarca, para los comicios del 28 de abril (28A) lo podrán hacer
1.902 electores residentes en el extranjero, lo que supone un 20%
más, según los datos publicados por el Instituto Nacional de
Estadística (INE).
Se trata de 314
personas más en los últimos cuatro años, vecinos de la comarca que
residen en el extranjero que pueden ejercer su derecho a votar
siempre y cuando realicen los trámites reglamentarios, que en muchas
ocasiones pueden resultar farragosos. De hecho, muchos de ellos
desisten y dejan por imposible su derecho a voto debido a las
dificultades administrativas que convierten en un verdadero laberinto
el sufragio por correo.
Es el caso de un
matrimonio de la comarca que reside en Londres desde hace años y que
ya ha declinado ejercer su derecho a voto: “Más que un derecho
esto se ha convertido en un rogatorio, y la falta de tecnología y
los numerosos papeles que te piden con la excusa de la seguridad
hacen que miles de ciudadanos que vivimos en el extranjero se nos
quiten las ganas de votar”, detalla este matrimonio de la comarca.
En líneas
generales, el próximo 28 de abril podrán votar 70.442 vecinos de la
comarca en las elecciones a las Cortes Generales y a les Corts
Valencianes. De esta cifra, 68.540 residen en los 16 municipios del
Camp de Morvedre, y el resto (1.902) en el extranjero. Son 1.039
nuevos electores respecto a las últimas elecciones de mayo de 2015.
Reforma
Cabe destacar que
con la reforma de la Ley Electoral, por primera vez podrán votar los
electores que tenían anulado su derecho de sufragio por razón de
discapacidad.
El censo
electoral de residentes en España se puede consultar en la Sede
Electrónica del INE (https://sede.ine.gob.es), así como la mesa y
dirección del local electoral, con la previa acreditación de la
identidad del elector con certificado electrónico reconocido (DNI
electrónico entre otros).
Como consecuencia
de la reforma de la Ley electoral, los electores pueden solicitar la
exclusión de las copias del censo electoral que se entregan a los
representantes de las candidaturas para el envío de propaganda
electoral. Estas exclusiones son continuas y tienen efecto permanente
mientras el elector no se manifieste en sentido contrario.
Mientras
tanto, a partir del 1 de abril la OCE remitirá a cada elector
residente en España una tarjeta censal con la mesa y el local donde
le corresponde votar. La información que contiene esta tarjeta
también será válida para las elecciones municipales, autonómicas
y al Parlamento Europeo de 26 de mayo de 2019, salvo que haya algún
cambio,en cuyo caso recibirán una segunda tarjeta antes del 26 de
mayo.
Solicitud del voto
Los electores residentes en el
extranjero que deseen votar deberán solicitar su voto hasta el 30 de
marzo en la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral
(OCE) correspondiente a su inscripción. La OCE está remitiendo a
estos electores el impreso oficial de solicitud. Las solicitudes se
podrán enviar por Internet.
Para ello es necesario poseer un
certificado electrónico reconocido por la Sede Electrónica del
Instituto Nacional de Estadística (INE) o utilizar la clave enviada
con el impreso oficial. Desde el 5 de marzo el impreso también está
disponible en los consulados y en las páginas web del Ministerio del
Interior, del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación y del INE.
Además, en la web del INE está disponible
información de interés sobre las actuaciones de la OCE en estas
elecciones, recuentos de electores, reclamaciones, mesas y locales
electorales, voto por correo, plazos y normativa legal.
Adicionalmente, las delegaciones provinciales de la OCE también
atienden en el teléfono 901.101.900.
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