El
presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder
Judicial, Carlos Lesmes; la fiscal general del Estado, Consuelo
Madrigal; el
conseller de Hacienda y Modelo Económico de la Generalitat Valenciana,
Vicent Soler; y la consellera de Justicia, Administración Pública,
Reformas Democráticas y Libertades Públicas del Gobierno valenciano,
Gabriela Bravo, han firmado hoy un convenio de colaboración
en materia de auxilio, colaboración y apoyo mutuo en los procedimientos
de investigación penal relacionados con el régimen económico-financiero
del sector público de la Generalitat Valenciana.
El
convenio se suscribe ante la constatación de que el adecuado
cumplimiento de las funciones constitucionalmente asignadas a los
órganos judiciales
y al Ministerio Fiscal pueden exigir de un apoyo objetivo para el que
sean necesarios conocimientos técnicos o prácticos en parcelas alejadas
de la tradicional formación de jueces y fiscales y de que, en los
últimos años, se ha venido produciendo un aumento
de las necesidades de colaboración y apoyo a la Administración de
Justicia en temas relacionados con la actividad económico-financiera del
sector público de la Generalitat.
Así,
las actuaciones de auxilio y colaboración por parte de la Intervención
General de la Generalitat Valenciana podrán consistir en la aportación
de datos, antecedentes o informes que obren en su poder por haber sido
obtenidos o elaborados en el ejercicio de sus competencias o funciones;
en la elaboración de informes técnicos relacionados con la actividad
económico-financiera del sector público de la
Generalitat; en el asesoramiento técnico en esta materia; y en la
celebración de reuniones informativas, aclaratorias o de coordinación.
Además,
el convenio señala que las partes adoptarán las medidas precisas para
que los Juzgados y Tribunales y el Ministerio Fiscal facilitarán
a la Intervención General de la Generalitat cuantos datos de
trascendencia en la aplicación del control de la gestión
económico-financiera de subvenciones del sector público se desprendan de
las actuaciones judiciales de las que conozcan, respetando, en todo
caso, el secreto de las diligencias sumariales, y siempre con estricta
observancia de las normas sobre procedimiento y protección de datos de
carácter personal.
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