El Consell ha aprobado el decreto que amplía la condición de familia
monoparental a nuevas situaciones no contempladas anteriormente, y
mejora el procedimiento de emisión y renovación del título de familia
monoparental en la Comunitat Valenciana.
El nuevo decreto elaborado por la Vicepresidencia y Conselleria
de Igualdad y Políticas Inclusivas regula los requisitos para el
reconocimiento de la condición de familia monoparental o en situación de
monoparentalidad y el procedimiento de emisión y renovación del título
de familia monoparental, que será el mismo en ambos casos, como
documento oficial expedido para todas las personas integrantes de la
unidad familiar.
Con esta normativa, se facilitará el acceso a los beneficios,
ya que se mejorará la tramitación y se amplía a nuevas casuísticas en
concreto, incorpora otras situaciones de monoparentalidad más allá de
las familias monoparentales clásicas.
El nuevo decreto entrará en vigor a los seis meses de
publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y establece
disposiciones transitorias relativas a las familias que tengan
reconocido ahora la condición o la puedan obtener en este periodo con la
normativa todavía en vigor.
Así, el
documento tiene como finalidad actualizar las definiciones, adaptándose a
la realidad social actual, y separa en dos grandes grupos las unidades
familiares, por una parte, las familias monoparentales en los que solo
hay una persona progenitora, sea cual sea la razón, es decir, de origen,
por muerte o desaparición o pérdida de la patria potestad de una de las
personas progenitoras.
Por otro lado, las unidades familiares en situación de
monoparentalidad en las que hay hijas e hijos con dos personas
progenitoras, pero con las siguientes situaciones: la guarda y custodia
es exclusiva de una persona progenitora; hay una ausencia temporal
forzada de una de las personas progenitoras, o una situación de gran
dependencia, y, además, hay una situación económica determinada; o la
progenitora ha sido víctima de violencia de género por parte del
progenitor.
La Conselleria de Igualdad estima en 1.500.000 euros los
beneficios a los que tendrán acceso las familias que serán reconocidas
con el nuevo texto y que, en estos momentos, no tienen ese derecho, pues
el decreto actual no las contempla.
Paralelamente, la ampliación de la protección también se
realiza en la consideración de categoría de familia especial, de norma
general, de tres a dos hijos/as, o con solo un hijo o hija, en los
casos, de diversidad funcional o exclusión social.
Más novedades
Además, se introducen novedades
importantes respecto a la vigencia y las renovaciones. Teniendo en
cuenta que el periodo formativo previo al acceso al trabajo se prolonga
en la mayoría de los casos hasta el menos los 25 años, se amplía hasta
los 26 años la edad de permanencia en el título de la descendencia,
evitando así las sucesivas renovaciones que con el decreto todavía en
vigor se hacen anualmente.
Por otra parte, los títulos que estén vinculados a una
situación económica concreta tendrán una vigencia de dos años, el doble
que ahora.
Esta iniciativa normativa se suma a la decisión del Gobierno
valenciano de equiparar en derechos a las familias monoparentales con
las familias numerosas, de que las familias monoparentales disfruten de
los mismos beneficios fiscales que las familias numerosas, con
exenciones o reducciones de tasas y con una deducción en el tramo
autonómico que iguala ambos casos.
Este
decreto continúa en la línea del Consell de apoyo a las familias y
reconocimiento de la diversidad familiar con el objetivo de combatir la
trasmisión generacional del empobrecimiento y su feminización.
Para el Consell, las familias monoparentales son una de las
estructuras familiares que más se han extendido a lo largo de los
últimos años y que a la vez más requieren de soporte y protección por
parte de los poderes públicos, debido a su vulnerabilidad, especialmente
en el caso de las encabezadas por mujeres, que son la mayoría.
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