Tras
las protestas sindicales a las puertas de la SAG de ayer martes, desde la dirección de la
empresa municipal ha remitido un comunicado para aclarar su postura.
Según
explica el director general de la
SAG, Enrique Català, “en ningún momento la dirección de la Empresa se ha negado a
llevar a cabo la jubilación parcial de ningún trabajador a través de un
contrato de relevo, siempre que éste reuniese aquellos requisitos que la
legislación vigente exigiese, y para el caso de la jubilación parcial a los 60
años es requisito tener la condición de mutualista el 1 de enero de 1967”, y desde la dirección
se ha solicitado la documentación específica que permita formalizar el contrato
relevo sin “riesgos de que con posterioridad sea declarado el mismo invalido”. Como
muestra, insisten, “en la fecha en que se desarrollaba la comentada
concentración se ejecutaba paralelamente un contrato de relevo en el Servicio
de Aseo Urbano, y recientemente se han ejecutado otros en diferentes servicios.”
Respecto
a la presunta documentación que la empresa parece haber recibido por parte de
los trabajadores y emitida por el INSS, “la realidad es que desde un primer
momento desde la empresa, y con el ánimo de agilizar el proceso para que los
trabajadores implicados pudieran jubilarse parcialmente, se marcaron unas
directrices hacia los propios trabajadores de consulta al INSS que la sección
sindical de CC.OO. desautorizó, motivo por el cual la situación se ha paralizado
hasta que hoy en la reunión de la Secretaria Intercomarcal
de CC.OO., Begoña Cortijo, con el alcalde y la dirección de la SAG ha autorizado a la empresa
a que haga aquello que llevamos dos meses aconsejando, y que como ya se ha
mencionado fue en su momento desautorizado por quien ahora nos autoriza”.
Para
Català, “no es cierto que cuando el IPC baja al conjunto de trabajadores se les
baja el sueldo”. Sin perjuicio de que habrá que atender a lo que establezcan
los convenios colectivos de aplicación una vez se alcance el deseable acuerdo
entre las partes negociadoras, “únicamente hemos atendido en base a nuestra
responsabilidad como gestores de la empresa, y dado el contexto económico que
nos envuelve y especialmente los ámbitos referidos a corporaciones locales, y
en concreto al carácter municipal de la Sociedad Anónima
de Gestión, y las previsiones del Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que
se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, así
como el mandato del artículo 22 de la
Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2011, relativo a los gastos de personal al servicio del
sector público, que establece que no
podrán experimentar ningún incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre
de 2010 resultantes de la aplicación, en términos anuales, aconsejan
mantener las retribuciones de todo el personal de la SAG en los mismos valores que
se percibieron en 2010, ya que de lo contrario la situación y perspectivas
económicas de la empresa podrían verse dañadas, afectando a las posibilidades
de mantenimiento del empleo en la misma”.
Respecto
de la amenaza de huelga, “en la semana fallera en la recogida de basura y
limpieza viaria, en donde el conjunto de ciudadanos se verían afectados de
forma irracional, entendemos que no es el procedimiento oportuno ni existen
argumentos o razones objetivas al respecto”.
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