El ex secretario autonómico de Emergencias de Valencia, Emilio Argüeso, tras la exconsellera de Interior Salomé Pradas, llega a una reunión del Cecopi. EFE/ Kai Försterling
El abogado José María Bueno Manzanares ha interpuesto un recurso de reforma contra el auto dictado el pasado 14 de marzo por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº3 de Catarroja. La resolución ordenaba a la Subdirección General de Emergencias la remisión de todos los audios de las llamadas recibidas el 29 de octubre de 2024 en relación con la última DANA. El Periódico de Aquí ha tenido acceso al documento y según el escrito presentado, la defensa de Emilio Argüeso Torres, uno de los investigados en la causa, considera que la medida acordada es "impertinente e inútil" para el esclarecimiento de los hechos. Además, denuncian que, hasta la fecha, no han tenido acceso a una copia de la causa, lo que les sitúa en una situación de "absoluta indefensión".
El recurso argumenta que la instrucción debe centrarse en la investigación de hechos delictivos y en la preparación de un posible juicio. En este caso, según la defensa, solo hay dos investigados y no se han concretado los hechos que se les imputan. La investigación se basa en un presunto retraso en el envío de un SMS de alerta a la población tras un correo recibido por el CECOPI (Centro de Coordinación Operativa Integrada) de parte de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), lo que, según el abogado, no justifica la obtención de las grabaciones.
Uno de los puntos más relevantes del recurso es la preocupación por una posible filtración de los audios a la opinión pública. Se advierte de que las llamadas reflejan momentos de angustia de las personas afectadas por la DANA y que su difusión podría generar "auténtica alarma social", además de un daño emocional a las víctimas.
El escrito sostiene que la medida no aportará información relevante, ya que el Servicio de Emergencias 112 no habría enviado comunicación alguna al CECOPI, pese a que su director formaba parte del organismo. Por ello, la defensa considera que antes de solicitar las grabaciones, el juzgado debería esclarecer si hubo algún tipo de comunicación interna entre ambos organismos.
En el documento presentado ante el juzgado, se señala que la orden vulnera derechos fundamentales recogidos en el artículo 24 de la Constitución Española, así como preceptos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Por todo ello, el recurso solicita la revocación del auto y que no se proceda a la solicitud de las grabaciones al 112.
El caso continúa en fase de instrucción y la resolución del recurso determinará si la investigación avanza en la dirección propuesta por el juzgado o si se limita el acceso a las comunicaciones registradas el día de la DANA.
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