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El juzgado de Alicante entiende que el material debe darse cuando se tenga, según Sanidad
Este juzgado requirió la semana pasada a la Conselleria de Sanidad para que provea en el menor tiempo posible de equipos y elementos de protección individual frente a la Covid-19 a los centros sanitarios de la provincia
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EFE - 01/04/2020
Los juzgados de Alicante en una imagen de archivo. EFE
El Juzgado de lo Social número 6 de Alicante ha aclarado que la dotación de material de protección a los sanitarios por parte de la Administración valenciana debe hacerse en el momento en que ésta disponga de él, y tras comprobar que es adecuado y efectivo.
Así lo ha asegurado la consellera de Sanidad, Ana Barceló, en rueda de prensa, en la que ha dado a conocer la contestación de este juzgado a una aclaración pedida por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos de la Comunidad Valenciana (CESM-CV) sobre el auto sobre la dotación de material a los sanitarios.
Este juzgado requirió la semana pasada a la Conselleria de Sanidad para que provea en el menor tiempo posible de equipos y elementos de protección individual frente a la Covid-19 a los centros sanitarios de la provincia.
Según la resolución leída por la consellera, el juzgado entiende que el menor tiempo posible "consiste en el momento inmediatamente posterior a aquel en el que la Administración demandada tenga en su poder el necesario material solicitado".
Establece como "única dilación posible" el tiempo necesario para "la constatación de que el material es adecuado y testado en cuanto a su efectividad, y del tiempo necesario para la distribución desde el lugar en que se haya recibido hasta la efectiva entrega a los profesionales sanitarios".