Imagen de archivo de la entrada a los juzgados de Catarroja. EFE/Manuel Bruque /Archivo
La letrada de la Administración de Justicia ha rechazado la petición al considerar que las actas de la declaración y del careo “la constituyen la grabación de las mismas”, según recoge una diligencia dictada este martes y facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
La resolución se apoya en decisiones anteriores del propio juzgado, emitidas en abril y junio de 2025, en las que ya se denegó la entrega de transcripciones literales.
La defensa pedía una transcripción íntegra
La exconsellera había solicitado en reiteradas ocasiones la transcripción literal de su declaración como investigada, realizada el 11 de abril de 2025, alegando que el juzgado sí está incorporando al procedimiento transcripciones completas de otras comparecencias.
La grabación, único medio válido
Según la defensa de Pradas, la transcripción literal evitaría interpretaciones subjetivas o errores de síntesis y permitiría reflejar matices, dudas o precisiones de las declaraciones.
Sin embargo, el juzgado sostiene que la grabación audiovisual es el único medio que permite apreciar con exactitud esos matices en las respuestas de los comparecientes, motivo por el que ha vuelto a rechazar la solicitud.
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