El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 7 de Valencia
ha dictado, con fecha 3 de julio, que en “el plazo de diez días proceda al
cumplimento del auto de la medida cautelar dictada en fecha 14 de mayo de 2013
con la advertencia de imponer multas coercitivas”. De esta forma, se
reitera lo establecido en dicho auto que decreta la suspensión de la decisión
de la Mancomunitat
de la Vall D´Albaida,
adoptada en sesión de 25 de junio de 2012, de no cumplir el acuerdo de la Comisión de Gobierno del
Consorci de fecha 20 de junio de 2012 que ordena la entrega de los residuos
sólidos municipales al Consorcio a partir del 1 de julio. El Auto
judicial acepta las medidas cautelares solicitadas por el Consorci de Residuos
y supone, que con carácter inmediato, la Mancomunitat de la Vall D´Albaida debe
entregar los residuos urbanos a COR.
En
este sentido, el Presidente de COR, Vicente Parra, señala que: “desde el
Consorcio apelamos a la responsabilidad política de los alcaldes de la Mancomunitat de la Vall D´Albaida,
independientemente de su color político, ya que con esta actitud se está
perjudicando a los ciudadanos a los que COR no está pudiendo prestar su
servicio de gestionar la basura de forma sostenible y además se está incurriendo
en una serie de gastos judiciales que, directa e indirectamente, acaban
recayendo en los ciudadanos”. Además, Parra señala que “la justicia sigue dando
la razón a COR y legitima nuevamente las competencias en materia de gestión de
residuos.
COR
El Consorcio de Residuos del Plan Zonal X, XI, XII se
constituyó en julio de 2005 para gestionar de forma ágil y eficiente los
residuos urbanos del Plan Zonal X, XI y XII, AG2. El nuevo modelo de gestión de
residuos impulsado desde Europa, España y la Comunitat Valenciana,
a través de los Planes Zonales, implica que cada área geográfica sea capaz de
resolver por sí misma el problema de los residuos. En este marco legal, desde
el pasado 1 de julio COR asumió las competencias legales de los 93 municipios
incluidos en este Plan Zonal en materia de transferencia, valorización y
eliminación de los residuos urbanos. A partir de esa fecha, los ayuntamientos
del plan Zonal, sean o no miembros consorciados, limitan sus competencias a la
recogida y transporte hasta la planta de transferencia.
Comparte la noticia
Categorías de la noticia