''CUESTION DE ORDEN PREVIA:
Intereso la no celebración del Pleno y su aplazamiento en base a las siguientes razones:
PRIMERO.-
Los términos de la moción me provocan indefensión en la medida que no
sé a ciencia cierta cuales son los hechos concretos en los que se basa
la misma, al tratarse de meras generalidades.
SEGUNDO.-
Se me atribuyen conductas que no se corresponden con la realidad de los
hechos, por lo que es mi obligación informar que sobre los mismos se
están siguiendo actuaciones penales que hacen necesario que este
Ayuntamiento se cerciore, antes de celebrar un Pleno en base a unos
hechos que no se corresponden con la realidad.
Albalat, a 8 de
enero de 2014.
( NO FUE TOMADA EN CONSIDERACIÓN POR JOSÉ RAFAEL TAMARIT)
En
primer lugar, este concejal muestra su apoyo a todo lo que signifique
la defensa de todos y cada uno de los habitantes de Albalat dels
Sorells, así como a las Fallas dels Sorells y Els Albalatans, y a todas
las asociones y colectivos, bandas de música, asociación de jubilados,
de amas de casa, clubes deportivos, clavarias y peñas. Así pues, no
solo coincido con los concejales que han firmado la moción, si bien
sea, en este primer punto, sino que comparto plenamente tales ideas. Sé
que la discrepancia en éstas, no siempre es bien recibida, pero no por
ello se ha de cejar en nuestro común propósito de defender a de la
comunidad. SI POR CUALQUIER MOTIVO, POR PALABRA, OBRA U OMISIÓN MÍA ,
ALGUNA PERSONA, ENTIDAD O COLECTIVO SE HA OFENDIDO , LE PIDO DISCULPAS.
Se
ha solicitado la celebración de este Pleno Extraordinario sobre la base
de una calificada como presunta violencia física y verbal, en la que
habría incurrido mi persona, curiosa presunción cuando sirve de
argumento para mi condena, si bien la misma sea en términos
reprobatorios. Más adelante, los concejales
firmantes se
olvidan de anteponer el término de presunto en su moción y abiertamente
proceden a mi descalificación. Pero no anticipemos acontecimientos, y
quedémosnos en el segundo párrafo de la exposición de motivos. La verdad
es que bien podrían tales concejales haber hecho lo que parece
inherente a su condición, que es la de averiguar como acontecieron los
hechos que me imputan, dando por hecho que su propósito es preservar los
intereses de la comunidad. Evidentemente, atribuir conductas tan
impropias a una persona electa es muy grave, tanto que me permito
preguntarles si están seguros de lo que están dando a entender. Y digo
esto porque más prudente podría parecer la suspensión de este Pleno, al
único objeto de cerciorarse de lo que se tramita en los distintos
Juzgados de Primera Instancia e Instrucción. Sé que su personación no
sería sencilla, pero supongo que la asesoría jurídica que asiste al
Ayuntamiento podría acudir al Decanato y
hacerse una idea, bastante aproximada, de las acciones entabladas. Solo
me mueve el ánimo de tratar de evitar una votación sobre una realidad
que no es la que parece resultar de la que se tramita en los tribunales.
Se
me atribuye, a continuación, una conducta constitutiva de violencia
contra las personas y las asociaciones, pero que parece que se reduce al
contenido de la página web. Las personas pueden manifestar libremente
sus pensamientos en tal página, y como ustedes también habrán tenido
oportunidad de leer, yo mismo he sido el destinatario de comentarios muy
duros, por definirlos con educación. En todo caso, dado que se presenta
a votación la petición de que se omitan tales comentarios, por mi parte
no hay problema. No se busca la
confrontación cuando se respeta la voz de lo que piensa la gente. Es
más, como ustedes saben, si alguien se ha visto o considerado maltratado
por algún tipo de comentario, no hay ningún incoveniente en colaborar
con el mismo para localizar a quién los haya podido realizar, aunque se
presente como anónimo.
En
el tercer párrafo se me atribuye una actitud dictatorial y
antidemocrática prevaliéndome de las instituciones para utilizar el
insulto y la violencia. Vemos que la presunción ha desaparecido, y los
términos de la exposición de motivos se han trasformado en una clara
imputación de unas conductas que podrían ser constitutivas de ilícitos
penales. En todo caso, intereso que se hagan constar en el Acta las
concretas
actuaciones que se me
imputan.
Respecto
de las Fallas, como entidades privadas que son, pueden adoptar las
decisiones que consideren oportunas y emprender las acciones que
consideren pertinentes, sin que el Ayuntamiento pueda y deba entrar en
la reprobación de un edil. Procede, por el contrario, que el
Ayuntamiento no entre a resolver sobre aspectos sobre los que no tiene
competencia, so pena de tener que hacer otro tanto en situaciones
análogas. La declaración de persona non grata o no invitar a alguien a
una asociación privada, no puede conllevar su reprobación. Sobre la
Falla Els Albalatans, no fue mi intención faltar a ninguna
persona y es más, con el Sr. Vicepresidente de la Falla , mantuve una
conversación a primeros de año, en la que creo que quedó todo
absolutamente aclarado, despidiéndonos de manera cordial y cortés.
En
consecuencia, intereso que el presente Pleno se aplace, conforme a las
razones que he expuesto, dadas la gravedad de los presupuestos en los
que se ha convocado el mismo. Alternativamente, si el Plenario se lleva a
cabo considero que en el Acta deben expresarse las concretas
imputaciones que se me atribuyen y que por la S ª Secretaria se proceda
a librarme certificación. Evidentemente, si se acuerda mi reprobación y
su
comunicación a otras organizaciones políticas y su traslado para su
difusión en medios de comunicación, considero que se va más allá de lo
que procede, reservándome el ejercicio de cuantas acciones pudieran
ampararme''.