José María Salcedo. EPDA.Buenas noticias para los contribuyentes. El Tribunal Supremo, en una reciente sentencia de 4-2-2021 ha permitido el "doble tiro" de los contribuyentes contra Hacienda. Es decir, una segunda oportunidad para volver a solicitar una devolución de ingresos indebidos, cuando ya se presentó una anterior, y fue desestimada. Con dicha sentencia, el Supremo viene a compensar los privilegios que, en supuestos similares, tiene la Administración.
Y es que a ésta se le permite volver a dictar una nueva liquidación a los contribuyentes, cuando la primera ha sido anulada por los Tribunales.
Sin embargo, no es oro todo lo que reluce, y el "doble tiro" de los contribuyentes frente a Hacienda, está sujeto a reglas y condiciones.
En primer lugar, es necesario que no haya prescrito el derecho a solicitar la rectificación y devolución de ingresos indebidos. Y ello por no haber transcurrido más de cuatro años desde que fue resuelta la última solicitud.
En segundo lugar, el Supremo exige que la nueva solicitud se funde en causa, hechos o circunstancias sobrevenidas, distintas de las que ya se alegaron, y que no pudieron ser conocidas y esgrimidas en dicho momento.
Estamos ante un importante límite, que impide volver a presentar una solicitud en base a los mismos motivos que ya se plantearon en su día. O a otros que pudieron alegarse en su momento, pero que el contribuyente no planteó.
En definitiva, no es una nueva solicitud para reiterar, corregir, mejorar, o perfeccionar la primera presentada. Sino para incorporar argumentos no invocados en su día, por basarse en causas sobrevenidas.
Estamos ante una sentencia dictada en un recurso referido al impuesto de plusvalía municipal. Sin embargo, su aplicación práctica trasciende a otros impuestos, en los que se haya presentado una autoliquidación. Por ejemplo, al IRPF.
Por tanto, el Supremo abre la puerta a revisar aquellos expedientes en los que se pensaba que ya nada se podía hacer, porque se solicitó la rectificación y ésta fue desestimada. Será posible iniciar de nuevo el procedimiento, respetando eso sí, los límites a los que se ha hecho referencia.
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