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El TSJ acuerda la ejecución provisional de la sentencia que devuelve a un colegio concertado las aulas que la Generalitat no renovó
La Sala de lo Contencioso exige al Colegio Nuestra Señora de Loreto de Valencia un aval de 112.000 euros para mantener las 4 unidades de Bachillerato hasta que el Supremo resuelva el recurso
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REDACCIÓN - 17/07/2018
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha
acordado la ejecución provisional de la sentencia que devuelve al Colegio
Nuestra Señora de Loreto de Valencia las aulas de enseñanza concertada que la
Conselleria de Educación no renovó el pasado año.
La Sala estimó en mayo el recurso interpuesto por dicho centro escolar contra
la resolución de la Generalitat de 2017 y reconoció el derecho del colegio a
mantener las cuatro unidades de bachillerato (dos para primero y dos para
segundo) para los cursos 2017-2018 a 2020-2021.
La sentencia ha sido recurrida por la Administración Autonómica ante el
Supremo, motivo por el que el centro escolar ha pedido que se ejecute
provisionalmente el pronunciamiento del TSJ hasta que el Alto Tribunal
resuelva.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ estima
ahora la solicitud del centro y ordena la ejecución provisional de la
sentencia. El colegio deberá depositar una fianza equivalente al 30% del
importe que recibirá anualmente de la Generalitat por el concierto, tomando
como referencia el máximo de dos años, tiempo estimado para obtener un
pronunciamiento definitivo del Alto Tribunal.
En este
caso, el TSJ ha fijado el importe de la caución en 112.000 euros.